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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER

Decisión Administrativa 827/2023

DECAD-2023-827-APN-JGM - Licitación Pública N° 80-0064-LPU22.

Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-116931519-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, ambos con sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 415 de fecha 8 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE SALUD se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 80-0064-LPU22, llevada a cabo para la adquisición de Test de VPH, solicitada por el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, organismo descentralizado actuante en la órbita de la citada Cartera Ministerial, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la GERENCIA DE PRECIOS TESTIGO de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN tomó intervención mediante la Orden de Trabajo N° 212/23, informando que en virtud de lo establecido en el artículo 3º, inciso e) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 36-E/2017 y sus modificaciones, las compras de bienes y contrataciones de servicios que no respondan a las condiciones de “… uso común” se encuentran excluidas del Control de Precios Testigo, sin distinción del procedimiento de selección empleado por el contratante.

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que conforme surge del Acta de Apertura de fecha 5 de abril de 2023 se recibieron las ofertas de las firmas TECNOLAB S.A. y MEDI SISTEM S.R.L. para los renglones 1 y 2.

Que el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, elaboró el correspondiente informe técnico del cual surge que las ofertas presentadas por las firmas TECNOLAB S.A., para los renglones 1 y 2, y MEDI SISTEM S.R.L., para el renglón 2, no se ajustan técnicamente a las especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el Expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 19 de julio de 2023 en el que recomendó desestimar las ofertas presentadas por las firmas TECNOLAB S.A. para los renglones 1 y 2 y MEDI SISTEM S.R.L. para el renglón 2, por no ajustarse a las especificaciones técnicas que rigieron el proceso y porque el precio unitario cotizado excede el precio unitario referencial suministrado por la unidad requirente y MEDI SISTEM S.R.L. para el renglón 1, por no resultar conveniente económicamente ya que el precio unitario cotizado excede el precio unitario referencial suministrado por la unidad requirente.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones de la citada Cartera Ministerial informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que, por lo expuesto, corresponde aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública N° 80-0064-LPU22 del MINISTERIO DE SALUD y proceder, de acuerdo a la referida recomendación, a declararla fracasada.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y g) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública N° 80-0064-LPU22 del MINISTERIO DE SALUD, para la adquisición de Test de VPH solicitada por el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, organismo descentralizado actuante en la órbita de la citada Cartera Ministerial.

ARTÍCULO 2º.- Desestímanse las ofertas correspondientes a las firmas TECNOLAB S.A. (C.U.I.T. N° 30-63897599-4) y MEDI SISTEM S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-66165826-2) para los renglones 1 y 2, por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Declárase fracasada la Licitación Pública N° 80-0064-LPU22 del MINISTERIO DE SALUD, aprobada por el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, conforme lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Carla Vizzotti

e. 23/10/2023 N° 85112/23 v. 23/10/2023

Fecha de publicación 23/10/2023