ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1383/2023
RESOL-2023-1383-APN-ENACOM#JGM FECHA 19/10/2023 ACTA 92
EX-2023-18128861- APN-DNSA#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Aprobar los actos del Concurso Público convocado a través de la Resolución RESOL-2022-2065-APNENACOM#JGM, para la adjudicación de 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, canal digital 35.2, formato de servicio SD576, tasa de transmisión de hasta 3.5 Mbits/s, categoría K, en la ciudad de CORRIENTES. 2 - Adjudicar a la firma MULTITARGET S.A., integrada por los señores Adrián Marcelo TRAVASCIO, con un 97% de participación en la formación de la voluntad social, y Hernán Pablo GENOUD , con un 3% de participación en la formación de la voluntad social, 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, canal digital 35.2, formato de servicio SD576, tasa de transmisión de hasta 3.5 Mbits/s, categoría K, en la ciudad de CORRIENTES. 3 - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 4 - La licenciataria deberá acompañar dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, prorrogables por igual término a solicitud fundada, la DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEFINITIVA, tendiente a la posterior habilitación del servicio. 5 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 6 - La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7 - Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá regularizar su situación ante la AFIP. 8 - El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9 - Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 24/10/2023 N° 85133/23 v. 24/10/2023
Fecha de publicación 24/10/2023