DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Decisión Administrativa 834/2023
DECAD-2023-834-APN-JGM - Designación.
Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-31715353-APN-DRH#DNM, la Ley Nº 25.164 y el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 25.164 se aprobó el Marco Regulatorio del Empleo Público Nacional.
Que por el artículo 4º, inciso a) del Anexo de la citada ley se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a exceptuar del requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Pública Nacional mediante fundamentación precisa y circunstanciada efectuada por la Jurisdicción solicitante.
Que por el Decreto N° 1421/02 se aprobó la Reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, solicitó exceptuar del citado requisito de ingreso a la Administración Pública Nacional a la señora Teresa Carla MAUTINO JIMÉNEZ, de nacionalidad chilena, con el fin de aprobar su contratación en los términos del artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164.
Que el servicio jurídico permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES y del MINISTERIO DEL INTERIOR han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 4°, inciso a) del Anexo a la Ley N° 25.164.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Exceptúase a la señora Teresa Carla MAUTINO JIMÉNEZ (D.N.I. N° 92.473.371) del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la Administración Pública Nacional establece el artículo 4°, inciso a) del Anexo a la Ley N° 25.164, al solo efecto de efectuar su contratación en los términos del artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, en la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Eduardo Enrique de Pedro
e. 25/10/2023 N° 85933/23 v. 25/10/2023
Fecha de publicación 25/10/2023