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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1574/2023

RESOL-2023-1574-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-15300650- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 919 de fecha 8 de agosto de 2018 y sus modificatorias, Nº 213 de fecha 8 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución M.C. Nº 919/18 (RESOL-2018-919-APN-MC) y sus modificatoria s, se aprobó el Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, el cual tiene como objeto regular la organización y las pautas de funcionamiento de las ediciones anuales del citado evento, cuya finalidad es reconocer la trayectoria de los y las artistas visuales y promover la formación de artistas, espectadores y espectadoras, a través de la entrega de los Premios Nacionales a la Trayectoria Artística y los Premios de dicho concurso.

Que, en virtud del artículo 4º del Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, el Premio Nacional a la Trayectoria Artística consistirá en el reconocimiento a OCHO (8) artistas vivos de relevante trayectoria, ciudadanos o ciudadanas de la REPÚBLICA ARGENTINA, nativos o nativas, naturalizados o naturalizadas, mayores de SESENTA (60) años al momento de la presentación, que hayan contribuido con aportes decisivos al arte de este país.

Que, a su vez, en virtud de los artículos 12 y 13 del Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, los Premios de dicho evento comprenderán las categorías artes del fuego, dibujo, escultura, fotografía, gráfica, instalaciones y medios alternativos, pintura, textil y espacio no disciplinario y consistirán en el reconocimiento a las TRES (3) mejores obras del conjunto de tales categorías y el reconocimiento a las mejores obras de cada una de ellas, en tanto que el premio a la primera mejor obra del Salón se denominará PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA.

Que, por otra parte, según el artículo 31, último párrafo, del referido reglamento, los Jurados estarán facultados para otorgar menciones honoríficas cuando consideren que una obra tiene mérito suficiente para ello, las cuales se denominarán “Mención Especial del Jurado”.

Que, a través de la Resolución M.C. Nº 213/23 (RESOL-2023-213-APN-MC) se convocó a la 111 Edición del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, de conformidad con las Bases y Condiciones de participación que, como ANEXO I (IF-2023-15238219-APN-PNA#MC), forman parte integrante de la citada medida.

Que, así, el Jurado del Premio Nacional a la Trayectoria Artística en su sesión de fecha 14 de julio de 2023, dictaminó adjudicar las distinciones correspondientes a la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, a los y las artistas que se consignan en la lista que, como ANEXO I (IF-2023-119942692-APN-PNA#MC), forma parte integrante de la presente medida.

Que, a su vez, el Jurado previsto en los artículos 26 del Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES aprobado por la Resolución M.C. Nº 919/18 y sus modificatorias, primer párrafo, de las Bases y Condiciones de Participación, aprobadas por el artículo 1º de la Resolución M.C. Nº 213/23, en su sesión de fecha 15 de septiembre de 2023, procedió a adjudicar el Premio PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA a la Primera mejor obra de la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES y los Premios a la Segunda y Tercera mejores obras del mismo, a los y las artistas que se encuentran consignados en la lista que, como ANEXO II (IF-2023-120514383-APN-PNA#MC), forma parte integrante de la presente medida, por las piezas que en cada caso se indican.

Que el Jurado previsto en los artículos 26, segundo párrafo del Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES aprobado por la Resolución M.C. Nº 919/18 y sus modificatorias y 11, sexto párrafo, de las Bases y Condiciones de Participación, aprobadas por el artículo 1º de la Resolución Nº 213/23, en su sesión de fecha 20 de septiembre de 2023, procedió a adjudicar los Premios a las mejores obras de las categorías artes del fuego, dibujo, escultura, fotografía, gráfica, instalaciones y medios alternativos, pintura, textil y espacio no disciplinario y las Menciones Especiales del Jurado, de la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, a los y las artistas que se encuentran consignados en la lista que, como ANEXO III (IF-2023-120513676-APN-PNA#MC), forma parte integrante de la presente medida, por las piezas que en cada caso se indican.

Que, por lo antedicho, cabe dejar constancia de las adjudicaciones de premios y menciones especiales precedentemente señaladas y autorizar el pago de las respectivas distinciones.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 9 de enero de 2023 (DECAD-2023-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios y en virtud del artículo 1º, inciso h), del Decreto Nº 392/86 y el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar los Premios Nacionales a la Trayectoria Artística de la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, a los y las artistas que se consignan en la planilla que, como ANEXO I (IF-2023-119942692-APN-PNA#MC), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar los Premios PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA a las Primeras mejores obras de la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES y los Premios a las Segundas y Terceras mejores obras del mismo, a los y las artistas que se consignan en la planilla que, como ANEXO II (IF-2023-120514383-APN-PNA#MC), forma parte integrante de la presente medida, por las piezas que en cada caso se indican.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar los Premios a las mejores obras de las categorías artes del fuego, dibujo, escultura, fotografía, gráfica, instalaciones y medios alternativos, pintura, textil y espacio no disciplinario y las Menciones Especiales del Jurado de la Edición 111 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, a los y las artistas que se consignan en la planilla que, como ANEXO III (IF-2023-120513676-APN-PNA#MC), forma parte integrante de la presente medida, por las piezas que en cada caso se indican.

ARTÍCULO 4º.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a liquidar la suma total, correspondiente al pago de los premios respectivos.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/10/2023 N° 85673/23 v. 25/10/2023

Fecha de publicación 25/10/2023