MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 737/2023
RESOL-2023-737-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2023
VISTO el Expediente EX-2023-113459192- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 25 del 10 de enero de 2017, N° 828 del 27 de septiembre de 2019 y N° 549 de fecha 19 de agosto de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA FEDERAL DE 1º INSTANCIA DE LA RIOJA, Provincia homónima, a cargo de la Doctora María Virginia MIGUEL CARMONA, tramitan los autos caratulados “N.N. SOBRE INFRACCIÓN LEY 26.364”, Expte. FCB Nº 71007098/2010.
Que, oportunamente, se dictó la Resolución Nº RESOL-2019-504-APN-MSG, mediante la cual se ofreció recompensa de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000) destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Ramona Nicolasa MERCADO, titular del DNI N° 35.503.856, argentina, nacida el 19 de mayo de 1991, alias “Peli”, con último domicilio conocido en calle Proyectada S/N del barrio Sembrador de la ciudad capital de la Provincia de La Rioja, quien desapareciera en el trayecto de su domicilio hacia el de sus abuelos el día 26 de abril de 2005.
Que dicha FISCALÍA solicitó a este Ministerio, mediante oficio de fecha 24 de julio de 2023, se incremente el monto de la recompensa ofrecida debido al tiempo transcurrido, como así también la utilización de la progresión de imagen actualizada al corriente año.
Que la mencionada MERCADO podría haber sido víctima del delito de trata de personas (Ley Nº 26.364).
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime el titular de esta Cartera; y, a su vez, el artículo 3° indica que los montos establecidos en el artículo 1º del mencionado Anexo deberán ser actualizados dependiendo del tiempo transcurrido desde el ofrecimiento de recompensa.
Que, en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3 ° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente incrementar el monto de la mencionada recompensa.
Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de 2022, el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA” pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este Organismo.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dispóngase el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante Resolución RESOL-2019-504-APN-MSG a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Ramona Nicolasa MERCADO, titular del DNI N° 35.503.856, argentina, nacida el 19 de mayo de 1991, alias “Peli”, con último domicilio conocido en calle Proyectada S/N del barrio Sembrador de la ciudad capital de la Provincia de La Rioja, quien desapareciera en el trayecto de su domicilio hacia el de sus abuelos el día 26 de abril de 2005.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2023-121900844-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/10/2023 N° 86344/23 v. 26/10/2023
Fecha de publicación 26/10/2023