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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

Resolución 707/2023

RESOL-2023-707-APN-MMGYD

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2023

VISTO el EX-2020-41506959-APN-CGD#MMGYD la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992), el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa Nº 279 del 2 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 1744 del 23 de septiembre de 2020, y la Resolución Nº 220 del 30 de septiembre de 2020 del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, y CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD N° 220/2020 de fecha 30 de septiembre de 2020, se creó el PROGRAMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD DE GÉNEROS EN EL TRABAJO, EL EMPLEO Y LA PRODUCCIÓN “IGUALAR” en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD cuyo objetivo principal es reducir las brechas y segregaciones que componen la desigualdad estructural en el mundo del trabajo, el empleo y la producción para mujeres y LGBTI+, desde una mirada interseccional y de derechos humanos.

Que, el artículo 3 de la mencionada Resolución establece que “La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD tendrá a su cargo el desarrollo de los mecanismos y procedimientos necesarios para la implementación del Programa creado en el artículo 1º de la presente”. En este sentido el art. 4 dispone: “La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD podrá designar a una persona como la responsable de la implementación y ejecución del Programa creado en la presente.”, lo que hace necesario que el Programa IGUALAR se encuentre en la órbita de la Dirección de Programas Transversales de Igualdad, dependiente de la Dirección Nacional de Articulación de Políticas Integrales de Igualdad.

Que, en la citada Resolución se afirma que la desigualdad de géneros en el mundo del trabajo es un factor nodal de la feminización de la pobreza y por estos motivos, resulta indispensable promover la igualdad de géneros en el mundo del trabajo, tanto en el sector público como privado.

Que, a los fines de dar cumplimiento con lo estipulado en el PROGRAMA IGUALAR es necesario aprobar el circuito administrativo donde se detallen los pasos y etapas que regirán la postulación, selección de destinatarios e implementación de planes de trabajo y su monitoreo; establecer los requisitos y la documentación que se solicitará a las entidades que se postulen; los criterios que se aplicarán para la selección de propuestas y los modelos de Convenio de Asistencia Técnica y de Acta Complementaria a ser suscriptos con las entidades seleccionadas, como anexos complementarios de la resolución ministerial N° RESOL-2020-220-APN#MMGYD.

Que, conforme el punto 3 del anexo I, de la Resolución 220/2020 (IF-2020-54407484-APN#MMGYD) sobre los Lineamientos generales y acciones del Programa IGUALAR, entre la población destinataria se encuentra el sector empresarial, pequeñas, medianas y grandes empresas privadas y con participación del estado ,el sector sindical y, el sector de la economía social y solidaria y de la economía popular, los cuales se encuadran en el componente “1: Fortalecimiento institucional a los actores del mundo del trabajo, el empleo y la producción”.

Que, asimismo, mediante la Decisión administrativa 1744/2020 “LINEAMIENTOS PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO” de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, se le otorga al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD la coordinación de las acciones destinadas a la implementación de la presente medida, pudiendo dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten pertinentes. Que, a partir del Convenio 190 de la OIT “Sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo”, el cual fue ratificado por nuestro país mediante Ley N° 27.580, se reconoce el derecho de todas las personas trabajadoras a gozar de un mundo de trabajo libre de violencia y acoso, incluida la violencia y el acoso por razones de género, siendo todos los actores del mundo del trabajo responsables en la adecuación de las condiciones que promuevan ambientes de tolerancia cero frente a la violencia y el acoso con el fin de facilitar la prevención de este tipo de comportamientos y prácticas.

Que, asimismo, el Decreto N° 144/2022, reglamentario del art. 179 de la Ley de Contrato de Trabajo, resulta un elemento normativo fundamental para las políticas de igualdad de género en el mundo del trabajo y es necesario promover su implementación en las organizaciones. El citado Decreto establece la obligación de instalar espacios de cuidados, para niñas y niños de entre 45 días y 3 años, en las empresas de más de 100 personas trabajadoras, sin distinción de género, dejando en manos de la negociación colectiva prever la posibilidad de sustituir la obligación en especie por el pago de una suma dineraria no remunerativa en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidados de personas y las condiciones para su reintegro.

Que, a fin de lograr el objetivo indicado del Programa Nacional IGUALAR resulta conveniente la implementación de acciones que promuevan que las organizaciones del mundo del trabajo implementen un proceso que, de manera gradual, permita a las mencionadas entidades transformarse en organizaciones más igualitarias y libres de violencias por motivos de género. Que la creación del Sello IGUALAR en el marco del PROGRAMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD DE GÉNEROS EN EL TRABAJO, EL EMPLEO Y LA PRODUCCIÓN “IGUALAR” dirigido al sector empresarial, pequeñas, medianas y grandes empresas privadas y con participación del estado, y el sector sindical busca contribuir en la reducción de la desigualdad de género, aportando a la generación de espacios laborales más justos, inclusivos y libres de violencias por motivos de género.

Que, con el fin de implementar el SELLO IGUALAR con sus particularidades en la ejecución, resulta necesario aprobar sus lineamientos, su circuito administrativo y los modelos de Carta de Adhesión y de Convenio de Asistencia Técnica, como anexos complementarios de la presente resolución. Que, la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para esta cartera ministerial.

Que, la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD han tomado la intervención que le compete. Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 4° Inciso b) Punto 6; y el Artículo 23º Ter de la Ley de Ministerios N° 22.520 -texto ordenado por el Decreto N° 438/92 (B.O. 20/3/92), normas complementarias y reglamentarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Circuito Administrativo del Programa Nacional para la igualdad de géneros en el trabajo, el empleo y la producción “IGUALAR” que, como Anexo II registrado bajo el IF-2023-127590404-APN-SSPI#MMGYD, forma parte integrante de la Resolución Ministerial N° RESOL-2020-220-APN#MMGYD.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase los “Requisitos y criterios para la selección de entidades postuladas al Programa Nacional para la igualdad de géneros en el trabajo, el empleo y la producción IGUALAR” que como ANEXO III, registrado bajo el número IF-2023-125624956-APN-SSPI#MMGYD, forma parte integrante de la Resolución Ministerial N° RESOL-2020-220-APN-MMGYD.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el “Modelo de Carta de Adhesión para el ingreso Programa Nacional para la igualdad de géneros en el trabajo, el empleo y la producción IGUALAR” que como ANEXO IV, registrado bajo el número IF-2023-125627708-APN-SSPI#MMGYD, forma parte integrante de la Resolución Ministerial N° RESOL-2020-220-APN-MMGYD.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase el “Modelo de Convenio de Asistencia Técnica. Programa Nacional para la igualdad de géneros en el trabajo, el empleo y la producción IGUALAR” que como ANEXO V, registrado bajo el número IF-2023-125620853-APN-SSPI#MMGYD, forma parte integrante de la Resolución Ministerial N° RESOL-2020- 220-APN-MMGYD.

ARTÍCULO 5°.- Apruébase el “Modelo de Acta Complementaria. Programa Nacional para la igualdad de géneros en el trabajo, el empleo y la producción IGUALAR” que como ANEXO VI, registrado bajo el número IF-2023-127254014-APN-SSPI#MMGYD, forma parte integrante de la Resolución Ministerial N° RESOL2020- 220-APN-MMGYD.

ARTÍCULO 6°.- Créase el SELLO IGUALAR, en el marco del Programa Nacional para la igualdad de géneros en el trabajo, el empleo y la producción “IGUALAR”, creado por la Resolución Ministerial N° RESOL-2020-220- APN-MMGYD.

ARTICULO 7°.- Apruébase los “Lineamientos Generales del SELLO IGUALAR” que, como Anexo I registrado bajo el número IF-2023- 125562270-APN-SSPI#MMGYD, forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 8°.- Apruébase el “Procedimiento para la Implementación del SELLO IGUALAR” que, como Anexo II registrado bajo el número IF-2023-125359430-APN-SSPI#MMGYD, forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 9°.- Apruébase el “Modelo de Carta de Adhesión al SELLO IGUALAR” que como ANEXO III, registrado bajo el número IF2023-125567219-APN-SSPI#MMGYD, forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 10 ° .- Apruébase el “Modelo de Convenio de Asistencia Técnica. Implementación del SELLO IGUALAR” que como ANEXO IV, registrado bajo el número IF-2023-125571694-APN-SSPI#MMGYD, que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 11°.- Desígnase a la Directora de Programas Transversales de Igualdad, dependiente de la Dirección Nacional de Articulación de Políticas Integrales de Igualdad, de la Subsecretaría de Políticas de Igualdad, como área a cargo de la implementación y ejecución del Programa Nacional para la igualdad de géneros en el trabajo, el empleo y la producción IGUALAR y del SELLO IGUALAR creado por la presente.

ARTÍCULO 12 ° .- La presente resolución no implica erogación presupuestaria.

ARTÍCULO 13 ° .- La presente normativa entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 14°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ximena Ayelén Mazzina Guiñazú

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/10/2023 N° 87905/23 v. 31/10/2023

Fecha de publicación 31/10/2023