MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 1397/2023
RESOL-2023-1397-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-107599142-APN-DGD#MT, la Ley N° 24.013, sus modificatorias y reglamentarias, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. RESOL-2021-118-APN-MT del 10 de marzo de 2021, RESOL-2021-392-APN-MT del 8 de julio de 2021, RESOL-2022-812-APN-MT del 7 de julio de 2022 y RESOL-2022-816-APN-MT del 8 de julio de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.013 establece, entre sus previsiones, la posibilidad de diseñar programas y ámbitos para encauzar las cuestiones vinculadas a las actividades informales, con la promoción de modalidades asociativas y conceptualizar los sujetos.
Que mediante Resolución N° RESOL-2021-118-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se reconoció a las personas que se desempeñan en dicho ámbito, la facultad de constituir asociaciones y ejercer los derechos que allí se enumeran.
Que asimismo mediante el artículo tercero de la precitada Resolución se creó, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL el Registro de Asociaciones de Trabajadores de la Economía Popular y de Subsistencia Básica, que tendrá a su cargo la pertinente inscripción y contralor de las entidades que pretendan constituirse.
Que mediante Resolución N° RESOL-2021-392-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se estableció que la SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, tendrá a su cargo la administración del Registro antes referido.
Que mediante Resolución Nº RESOL-2022-816-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se aprobaron el Reglamento de Procedimiento del REGISTRO DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA POPULAR Y DE SUBSISTENCIA BÁSICA y los formularios que las entidades interesadas deben presentar en su solicitud de inscripción.
Que, la ASOCIACIÓN FRENTE UNIDOS ARGENTINOS, solicitó la inscripción en el referido Registro de Asociaciones de Trabajadores de la Economía Popular y de Subsistencia Básica, de conformidad con lo establecido en las Resoluciones Nros. RESOL-2021-118-APN-MT y RESOL-2022-816-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que de las constancias en autos surge que la entidad ha acreditado preliminarmente el cumplimento de los requisitos establecidos en la normativa precitada.
Que mediante sentencia de fecha 6 de octubre de 2023 en los autos caratulados “PAPADOPULOS, LUIS ALEJANDRO c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION” el Juzgado Federal Nº 1 de Salta, dispuso hacer lugar a la acción de amparo por mora de la administración interpuesta por Luis Alejandro Papadopulos en contra del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; y en consecuencia, ordenar a la accionada que dentro del plazo de diez días (10) de notificada de la presente dicte el acto administrativo correspondiente a la petición formulada por el amparista el día 11 de Octubre de 2022.
Que consecuentemente y teniendo en cuenta el texto del proyecto del estatuto agregado en las paginas 23/34 del Informe N° IF-2022-107600558-APN-DGD#MT, se encuentran reunidos los requisitos previstos en el artículo 5 de la Resolución N° RESOL-2021-118-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que respecto al agrupe de actuación de la entidad peticionante, corresponde aclarar que el mismo se circunscribe estrictamente a los trabajadores de la economía popular y de subsistencia básica definidos en el artículo 2 de la Resolución Nº RESOL-2021-118-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que la COORDINACIÓN DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA POPULAR Y DE SUBSISTENCIA BÁSICA ha efectuado el debido control, habiendo prestado conformidad del mismo la SECRETARÍA DE TRABAJO, todo ello de conformidad con las atribuciones conferidas por las Resoluciones Nros. RESOL-2021-392-APN-MT y RESOL-2022-812-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y la Ley Nº 24.013.
Por ello,
LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el texto del Estatuto Social de la ASOCIACIÓN FRENTE UNIDOS ARGENTINOS, con domicilio electrónico en asociacionfrenteunidosargentin@gmail.com y domicilio especial en la calle Santa Fe Nº 240 Piso Nº 6 Departamento Nº 46 de la Ciudad de Salta, Provincia de Salta, que obra en las paginas 23/34 del Informe N° IF-2022-107600558-APN-DGD#MT, que forma parte íntegra de la presente medida y de conformidad con la sentencia dictada en fecha 6 de octubre de 2023 en los autos caratulados “PAPADOPULOS, LUIS ALEJANDRO c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION” Expediente Nº 3841/2023 en trámite ante el Juzgado Federal Nº 1 de Salta.
ARTÍCULO 2º.- Inscríbase en el Registro de Asociaciones de Trabajadores de la Economía Popular y de Subsistencia Básica, a la ASOCIACIÓN FRENTE UNIDOS ARGENTINOS, con domicilio electrónico en asociacionfrenteunidosargentin@gmail.com y domicilio especial en la calle Santa Fe Nº 240 Piso Nº 6 Departamento Nº 46 de la Ciudad de Salta, Provincia de Salta, de conformidad con la Resolución N° RESOL-2021-118-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y de conformidad con la sentencia dictada en fecha 6 de octubre de 2023 en los autos caratulados “PAPADOPULOS, LUIS ALEJANDRO c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION” Expediente Nº 3841/2023 en trámite ante el Juzgado Federal Nº 1 de Salta.
ARTÍCULO 3°.- Otórgase la Personería Social a la ASOCIACIÓN FRENTE UNIDOS ARGENTINOS, con domicilio electrónico en asociacionfrenteunidosargentin@gmail.com y domicilio especial en la calle Santa Fe Nº 240 Piso Nº 6 Departamento Nº 46 de la Ciudad de Salta, Provincia de Salta, de conformidad con la Resolución N° RESOL-2021-118-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y con los alcances y efectos establecidos en el artículo 11 de la citada norma y de conformidad con la sentencia dictada en fecha 6 de octubre de 2023 en los autos caratulados “PAPADOPULOS, LUIS ALEJANDRO c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION” Expediente Nº 3841/2023 en trámite ante el Juzgado Federal Nº 1 de Salta.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGÍSTRO OFICIAL y archívese
Raquel Cecilia Kismer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/11/2023 N° 88886/23 v. 03/11/2023
Fecha de publicación 03/11/2023