SECRETARÍA GENERAL
Resolución 899/2023
RESOL-2023-899-APN-SGP
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2023
VISTO el EX-2023-124534421- -APN-CGD#SGP del Registro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº1517 del 23 de agosto de 1994, la Resolución Nº 459 del 21 de octubre de 1994, dictada por esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido Expediente tramita la presentación efectuada por la Fundación Bioquímica Argentina, por medio de la cual solicita que se declare de interés nacional al 5º Congreso Virtual de Bioquímica Clínica, “VIRTUALAB 2023”, que se llevará a cabo del 6 al 18 de noviembre de 2023.
Que es objetivo del Congreso facilitar al profesional, mediante una plataforma amigable y una metodología flexible, el acceso a información actualizada, en cualquier momento y lugar, promoviendo mayor tiempo de interacción e integración entre participantes y contenidos.
Que este evento constituye una apuesta renovada de la Fundación Bioquímica Argentina para la mejora continua de los laboratorios, dirigida a la comunidad de profesionales y estudiantes del Laboratorio Clínico – Bioquímicos y títulos equivalentes – nacionales e internacionales
Que este tipo de actividades contribuye a la actualización científica y técnica de los profesionales participantes, con el consecuente beneficio de la población en general
Que el MINISTERIO DE SALUD y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención correspondiente, dictaminando favorablemente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso j) del Decreto Nº 101/85 y su modificatorio, Decreto Nº 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Nacional al 5º Congreso Virtual de Bioquímica Clínica, “VIRTUALAB 2023”, que se llevará a cabo del 6 al 18 de noviembre de 2023.
ARTÍCULO 2º.- La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción 20.01- SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Julio Fernando Vitobello
e. 03/11/2023 N° 89125/23 v. 03/11/2023
Fecha de publicación 03/11/2023