Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1644/2023

RESOL-2023-1644-APN-ENACOM#JGM FECHA 31/10/2023 ACTA 92

EX-2023-18664721- -APN-DNSA#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos del Concurso Público convocado a través de la Resolución RESOL-2022-2065-APN-ENACOM#JGM, para la adjudicación de 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDBT, canal digital 35.4, formato de servicio SD576, tasa de transmisión de hasta 3.5 Mbits/s, categoría K, en la ciudad de CORRIENTES, provincia de CORRIENTES, en la modalidad licenciatario. 2.- Adjudicar al señor Agustín Andreas SOLMOIRAGO, 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, canal digital 35.4, formato de servicio SD576, tasa de transmisión de hasta 3.5 Mbits/s, categoría K, en la ciudad de CORRIENTES, provincia de CORRIENTES, en la modalidad licenciatario. 3.- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas. 4.- El licenciatario deberá acompañar dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, prorrogables por igual término a solicitud fundada, la DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEFINITIVA, tendiente a la posterior habilitación del servicio. 5.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, el licenciatario, deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 6.- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7.- Dentro de los 180 días corridos de notificada la presente, el licenciatario, deberá cumplimentar los requisitos técnicos tendientes a la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, acorde a lo observado. 8- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 03/11/2023 N° 89190/23 v. 03/11/2023

Fecha de publicación 03/11/2023