MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 22/2023
DI-2023-22-APN-SSCRYF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-120195725- -APN-DNCSSYRS#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes N° 17.132 y N° 23.873, los Decretos PEN N° 10/ 2003 y N° 587/2004, la Resolución MS N° 956/2010 y N° 1448-E/2016, y
CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud son un componente central de las políticas de Recursos Humanos en Salud.
Que la Ley N° 17.132, su modificatoria la Ley N° 23.873 y sus Decretos reglamentarios determinan las alternativas de requerimientos que un profesional odontólogo debe cumplir para anunciarse como especialista en una especialidad determinada.
Que las especialidades odontológicas reconocidas fueron armonizadas con las jurisdicciones provinciales y aprobadas por la Resolución MS N° 956/2010.
Que entre dichas especialidades odontológicas se encuentran las de ODONTOPEDIATRIA, CIRUGIA Y TRAUMATOLOGÍA BUCOMAXILOFACIAL, ENDODONCIA y PERIODONCIA.
Que la ASOCIACION ODONTOLOGICA ARGENTINA (AOA) ha solicitado el reconocimiento como entidad certificante para las especialidades de ODONTOPEDIATRIA, CIRUGIA Y TRAUMATOLOGÍA BUCOMAXILOFACIAL, ENDODONCIA y PERIODONCIA.
Que la Resolución MS 1448-E/2016 establece los requisitos que deben cumplir las entidades científicas para el otorgamiento de dicho reconocimiento.
Que la ASOCIACION ODONTOLOGICA ARGENTINA (AOA) ha acreditado cumplir con los requisitos establecidos en dicho procedimiento.
Que las modalidades de certificación que ha informado la ASOCIACION ODONTOLOGICA ARGENTINA (AOA) están en concordancia con lo establecido por la Ley 17132, leyes modificatorias y sus decretos reglamentarios.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA ha tomado la intervención correspondiente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución MS 1448-E/2016.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
Artículo 1°.- Reconócese a la ASOCIACIÓN ODONTOLÓGICA ARGENTINA (AOA) como entidad científica certificante de las especialidades odontológicas de ODONTOPEDIATRÍA, CIRUGÍA Y TRAUMATOLOGÍA BUCOMAXILOFACIAL, ENDODONCIA y PERIODONCIA.
Artículo 2°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a otorgar la autorización para anunciarse como especialistas en ODONTOPEDIATRIA, CIRUGIA Y TRAUMATOLOGÍA BUCOMAXILOFACIAL, ENDODONCIA y PERIODONCIA a los profesionales odontólogos que presenten una certificación de la especialidad extendida por la ASOCIACION ODONTOLOGICA ARGENTINA (AOA) en los términos que su reglamentación interna lo contempla.
Artículo 3°.- Todo cambio en los mecanismos de Certificación de las especialidades de ODONTOPEDIATRIA, CIRUGIA Y TRAUMATOLOGÍA BUCOMAXILOFACIAL, ENDODONCIA y PERIODONCIA. por parte de la ASOCIACION ODONTOLOGICA ARGENTINA (AOA) deberá ser previamente autorizado por este MINISTERIO. Este incumplimiento dará lugar a la revocación del presente reconocimiento.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Antonio Ortiz
e. 03/11/2023 N° 88894/23 v. 03/11/2023
Fecha de publicación 03/11/2023