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7 de Noviembre de 2023

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

Disposición 66/2023

DI-2023-66-E-AFIP-SDGADF

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-02558169--AFIP-DEIEPC#SDGADF, y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición N° 152 (AFIP) del 28 de septiembre de 2021, se crea en el ámbito de la Subdirección General de Administración Financiera de esta Administración Federal de Ingresos Públicos- el Departamento Integridad y Ética Pública en los Procesos de Contratación, actualmente dependiente de la Dirección de Supervisión de los Procesos Administrativos, Financieros y de Contrataciones, conforme a los cambios de estructura introducidos por la Disposición N°179 (AFIP) del 4 de agosto de 2023.

Que dicho departamento tiene, entre sus tareas, la de fomentar en la gestión de contrataciones de bienes, servicios y obras públicas, la observancia de los principios y valores establecidos en la Política Institucional de Integridad y Ética Pública entre todas las áreas partícipes del proceso, así como proponer el dictado de normativa específica y la adopción de estándares de cumplimiento que promuevan la integridad, trazabilidad y control interno.

Que en ese marco, deviene necesario establecer los lineamientos y acciones que deben llevar a cabo todos los agentes que intervienen en los procesos de contratación pública de esta Administración Federal, como así también los interesados en participar en los procedimientos de selección, oferentes, adjudicatarios y contratistas, precisando sus deberes éticos, prácticas prohibidas, identificación de situaciones en las que se puedan dar conflictos de intereses y en la presentación de programas de integridad en los casos correspondientes, a fin de salvaguardar la publicidad, la transparencia y la integridad de las contrataciones públicas.

Que resulta pertinente que dichos lineamientos -con el fin de alcanzar una mayor difusión-, sean incluidos obligatoriamente en los pliegos de bases y condiciones particulares de cada proceso de contratación.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 98 del Anexo de la Disposición N° 247 (AFIP) del 28 de noviembre de 2022.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar las “POLÍTICAS DE INTEGRIDAD EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS”, que como Anexo (IF-2023-02756558-AFIP-SDGADF) forma parte de la presente disposición.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que las políticas aprobadas en el artículo 1°, deberán ser incluidas en los pliegos de bases y condiciones particulares de cada proceso de contratación.

ARTÍCULO 3°.- Esta norma entrará en vigencia a partir de los QUINCE (15) días contados desde su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación para las contrataciones que se autoricen desde esa fecha.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase por correo electrónico a todo el personal y en la Biblioteca Electrónica, y archívese.

Gaston Suarez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/11/2023 N° 89376/23 v. 06/11/2023

Fecha de publicación 06/11/2023