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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

Disposición 4/2023

DI-2023-4-APN-SSTI#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2023

VISTO el EX-2023-90553141- -APN-SSTI#JGM, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020 y modificatorios,

CONSIDERANDO

Que, a través del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se creó la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN, estableciendo entre sus objetivos, “Diseñar, proponer y coordinar las políticas de innovación administrativa y tecnológica del ESTADO NACIONAL en sus distintas áreas, su Administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia”.

Que, la referida SECRETARÍA, tiene asimismo entre sus acciones, “Entender en el diseño de las políticas que promuevan la apertura e innovación y el gobierno digital, como principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el Sector Público Nacional”.

Que, en virtud del Decreto enlistado previamente, se creó la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, dependiente de la Secretaría precitada, la cual tiene entre sus funciones la de “Promover la investigación y el desarrollo de proyectos de nuevas tecnologías informáticas, con alcance transversal, o comunes a los organismos de la Administración Pública Nacional”; así como también la de dirigir y supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI).

Que, por medio de la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020 y modificatorios, se aprobó y modificó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN tiene la responsabilidad primaria de “Conducir la formulación de políticas e implementación del proceso de desarrollo e innovación tecnológica para la transformación e innovación del ESTADO NACIONAL, así como también promover la integración de nuevas tecnologías, su compatibilidad e interoperabilidad”.

Que, en ese sentido, las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) se han erigido como un pilar fundamental en el diseño de políticas públicas como mecanismo de acercamiento con la ciudadanía y catalizador de la innovación.

Que los proyectos mediados por tecnología tienen una gran incidencia en la innovación, pero la innovación no se alcanza por el sólo hecho de incluir tecnología; y que en el ámbito público en particular han de considerarse aspectos adicionales siendo que la finalidad de los proyectos debe satisfacer el bienestar general.

Que tales herramientas buscan promover el desarrollo de las capacidades del Sector Público, optimizando la gestión de recursos, y favoreciendo la utilización de técnicas y metodologías adecuadas en los proyectos de innovación para la incorporación de soluciones tecnológicas.

Que, en este aspecto, resulta necesario sintetizar las principales herramientas teóricas y prácticas para el desarrollo de proyectos de innovación, dirigidas a quienes lideran sendos proyectos dentro del Sector Público, sea en el proceso de desarrollo tecnológico o de adopción de tecnologías desarrolladas por terceros.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las competencias conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° - Apruébase la “Guía para el diseño y la adopción de proyectos tecnológicos de Innovación Pública” que como ANEXO I (IF-2023-122062248-APN-SSTI#JGM) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° - Apruébase el esquema gráfico de componentes y etapas que como ANEXO II (IF-2023- 122063307-APN-SSTI#JGM) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° - Apruébase como ANEXO III (IF-2023-122064446-APN-SSTI#JGM) la lista de preguntas de verificación para las etapas y componentes aprobados en el ARTÍCULO 2° de la presente medida.

ARTÍCULO 4° - Establécese que la presente entrará en vigencia desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 5° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustina Brizio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/11/2023 N° 89321/23 v. 06/11/2023

Fecha de publicación 06/11/2023