BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “B” 12658/2023
30/10/2023
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales. Aclaración normativa.
Nos dirigimos a Uds. a fin de recordarles la vigencia de las disposiciones (Comunicación “A” 7595 y complementarias) por las cuales se estableció que los clientes residentes en el país dedicados a la actividad agrícola que vendan mercaderías en marco del Decreto N° 549/23 en las posiciones arancelarias previstas en el anexo del Decreto 576/22 y complementarios a quien realice su exportación en forma directa o como resultante de un proceso productivo realizado en el país (incluidos los sujetos indicados en la Comunicación “C” 93169), podrán depositar el importe neto en pesos percibido por dichas ventas en las “Cuentas especiales para titulares con actividad agrícola” previstas en el punto 3.13. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuentas sueldo y especiales”.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Ricardo M. Tustanoski, Jefe de Aplicaciones Normativas - Mariano E. Leguiza, Gerente de Aplicaciones Normativas.
e. 06/11/2023 N° 89624/23 v. 06/11/2023
Fecha de publicación 06/11/2023