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11 de Marzo de 1982

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL

Disposición 192/2023

DI-2023-192-APN-DNSO#ANAC

Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-123676415- -APN-ANAC#MTR, el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N° 225 de fecha 4 de diciembre de 2009, el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA CERTIFICACION Y SUPERVISION DE EXPLOTADORES DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, el Departamento Normas de Vuelo dependiente de la Dirección de Operación de Aeronaves de la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL propició la modificación del numeral 5.1.1 de la PARTE I – “SOLICITUD DEL CESA”, del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA CERTIFICACION Y SUPERVISION DE EXPLOTADORES DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, aprobado mediante Disposición Nº 86 de fecha 28 de mayo de 2010 de la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL.

Que dicha propuesta tiene como objetivo adecuar el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA CERTIFICACION Y SUPERVISION DE EXPLOTADORES DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL para regularizar discrepancias detectadas en el marco de auditoría llevada a cabo sobre el Organismo por funcionarios de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI).

Que, en tal sentido, se entiende conveniente explicar con un mayor nivel de detalle las interacciones entre los sectores de ANAC que intervienen en el proceso de emisión de un Certificado de Explotador de Servicios Aéreos, particularmente los relativos al análisis financiero (Dirección Nacional de Transporte Aéreo), jurídico (Dirección de Asuntos Jurídicos) y de aeronavegabilidad (Dirección de Aeronavegabilidad) del explotador.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ANAC mediante Dictamen N° 3.529 de fecha 4 de Octubre de 2012, al solicitarse su intervención con motivo del proyecto de modificación de “Manual de procedimientos para Certificación y Supervisión de Explotadores de Transporte Aerocomercial”, estableció que “no se advierte materia que deba someterse a dictamen jurídico, en tanto se trata de una modificación en textos de procedimientos internos de carácter técnico, que en nada innova respecto de la reglamentación vigente” (sic), postura confirmada a través de la PV-2019-105354030-APN-DGLTYA#ANAC.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL

DISPONE:

ARTICULO 1° — Incorporase el numeral 5.1.1 de la PARTE I – “SOLICITUD DEL CESA”, del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA CERTIFICACION Y SUPERVISION DE EXPLOTADORES DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL aprobado mediante Disposición Nº 86 de fecha 28 de mayo de 2010 de la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“5.1.1 - El DOA verifica el cumplimiento del “Paquete Final de Certificación” acepta/aprueba los documentos y eleva por nota al DNSO el expediente para su posterior envío a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Técnica y Administrativa de la ANAC con el correspondiente proyecto de acto administrativo para la prosecución del trámite. Una vez que la Dirección de Asuntos Jurídicos emita dictamen favorable, se giran las actuaciones al Administrador Nacional de Aviación Civil para la suscripción del respectivo acto administrativo. Finalmente, el expediente debe ser enviado, a través de la DNSO, al Departamento de Explotadores Aéreos de la DOA para la emisión del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos.”.

ARTICULO 2° — Incorporase la Figura 1.4 – “Breve resumen de interacción de áreas financieras, jurídicas y técnicas de ANAC en el proceso de emisión de CESA”, que obra como Anexo GDE IF-2023-124138550-APN-DNSO#ANAC, a la PARTE I – “SOLICITUD DEL CESA”, del MANUAL DE ROCEDIMIENTOS PARA CERTIFICACION Y SUPERVISION DE EXPLOTADORES DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL” aprobado mediante Disposición Nº 86 de fecha 28 de mayo de 2010 de la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, pase a la Dirección de Operación de Aeronaves de la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL para su difusión e implementación, y archívese.

Jose Luis Aseijas

e. 14/11/2023 N° 92379/23 v. 14/11/2023

Fecha de publicación 14/11/2023