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11 de Mayo de 2023

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 925/2023

RESOL-2023-925-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-137489717-APN-SE#MEC, la Resolución N° 239 de fecha 5 de abril de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 239 de fecha 5 de abril de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se aprobó una erogación con carácter de asistencia económica transitoria, en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 809 de fecha 20 de agosto de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificaciones, correspondiente al periodo comprendido entre los meses de agosto de 2021 a diciembre de 2022 por la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATRO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 58.676.004,36), de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo (IF-2022-140352276-APN-DGL#MEC) que forma parte integrante de la referida medida.

Que por un error material corresponde sustituir el Anexo (IF-2022-140352276-APN-DGL#MEC) y la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATRO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 58.676.004,36), consignados en los considerandos vigésimo primero y vigésimo segundo respectivamente y en el Artículo 1° de la citada Resolución N° 239/23 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que la Dirección General de Administración de Energía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta conforme lo previsto en el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyense los considerandos vigésimo primero y vigésimo segundo de la Resolución N° 239 de fecha 5 de abril de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA por los siguientes:

“Que las empresas mencionadas en el Anexo (IF-2023-44589381-APN-DGL#MEC) que integra la presente medida, han presentado la solicitud de asistencia económica transitoria y han acompañado la documentación requerida”

“Que por lo expuesto y de acuerdo a la documentación presentada, la Autoridad de Aplicación ha realizado el cálculo de la asistencia económica correspondiente a cada período solicitado, estableciendo la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA CON DOCE CENTAVOS ($ 58.266.560,12) para los meses detallados en el Anexo (IF-2023-44589381-APN-DGL#MEC) que integra la presente medida”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 239/23 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Apruébase una erogación con carácter de asistencia económica transitoria, en el marco de lo dispuesto en la Resolución N° 809 de fecha 20 de agosto de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificaciones, correspondiente al período agosto de 2021 a diciembre de 2022 por la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA CON DOCE CENTAVOS ($ 58.266.560,12), de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo (IF-2023-44589381-APN-DGL#MEC), que forma parte integrante de la presente medida.”

ARTÍCULO 3º.- Mantiénense vigentes los demás términos de la Resolución Nº 239/23 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Flavia Gabriela Royón

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/11/2023 N° 92772/23 v. 15/11/2023

Fecha de publicación 15/11/2023