MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 933/2023
RESOL-2023-933-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2019-48945654-APN-DGDOMEN#MHA y los Expedientes Nros. EX-2019-48948496-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2022-119587671-APN-SE#MEC, EX-2023-17588014-APN-SE#MEC, EX-2023-42765249-APN-SE#MEC y EX-2023-98150934-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa ADECO AGROPECUARIA S.A. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Central Térmica a biogás Adecoagro Energía con una potencia de DOS MEGAVATIOS (2 MW), ubicada en el Departamento General López, Provincia de SANTA FE, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) a instalaciones de la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE SAN GREGORIO LIMITADA.
Que mediante la Nota N° B-165243-1 de fecha 9 de febrero de 2023 (IF-2023-17587687-APN-SE#MEC, obrante en el Expediente N° EX-2023-17588014-APN-SE#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO (CAMMESA) informó que la empresa ADECO AGROPECUARIA S.A. cumple para su Central Térmica a biogás Adecoagro Energía los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.
Que, mediante la Resolución Nº 186 de fecha 16 de septiembre de 2020 (IF-2022-119752369-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2022-119587671-APN-SE#MEC, la Ministra de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de SANTA FE resuelve aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de la Central Térmica a biogás Adecoagro Energía.
Que la empresa ADECO AGROPECUARIA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.283 de fecha 24 de octubre de 2023 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO de ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa ADECO AGROPECUARIA S.A. para su Central Térmica a biogás Adecoagro Energía con una potencia de DOS MEGAVATIOS (2 MW), ubicada en el Departamento General López, Provincia de SANTA FE, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) a instalaciones de la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE SAN GREGORIO LIMITADA.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa ADECO AGROPECUARIA S.A., titular de la Central Térmica a biogás Adecoagro Energía en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa ADECO AGROPECUARIA S.A., a CAMMESA, a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE SAN GREGORIO LIMITADA y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Flavia Gabriela Royón
e. 15/11/2023 N° 92775/23 v. 15/11/2023
Fecha de publicación 15/11/2023