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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 2324/2023

RESOL-2023-2324-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2023

VISTO el EX-2023-88900065-APN-GG#SSS, las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661 y sus modificatorias, los Decretos Nº 292 del 14 de agosto de 1995 y Nº 492 del 22 de septiembre de 1995 y sus modificatorios y la Resolución Nº 185 del 24 de mayo de 2002 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente citado en el VISTO, la OBRA SOCIAL ENCARGADOS APUNTADORES MARÍTIMOS - O.S.E.A.M. (R.N.O.S. Nº 1-1170-4), solicita se proceda a darle de baja del REGISTRO DE AGENTES DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD PARA LA ATENCION MEDICA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS.

Que al efecto acompaña copia certificada del Acta Nº 391, de fecha 18 de agosto de 2023, por la cual el Consejo Directivo aprueba -por unanimidad- la moción de no incorporar -en lo sucesivo- a beneficiarios jubilados y pensionados; alegando cuestiones de índole económico-financieras.

Que el Agente del Seguro de Salud se encuentra inscripto por Resolución Nº 185/2002-SSSALUD, para atender a los beneficiarios mencionados en el artículo 8º inciso b) de la Ley Nº 23.660, provenientes de cualquier Agente del SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia, no formulando objeciones a lo peticionado por la Obra Social, atento el carácter facultativo de la inscripción en el citado Registro; tal como surge del texto del artículo 10 del Decreto Nº 292/1995 sustituido por el artículo 12 de su similar Nº 492/1995.

Que, sin perjuicio de ello, el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo, advierte que el Agente del Seguro de Salud deberá mantener su obligación respecto de aquellos beneficiarios jubilados y pensionados que, al momento de publicación del presente acto administrativo, se encuentren afiliados a la entidad.

Que la GERENCIA GENERAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 307 de fecha 7 de mayo de 2021.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Dáse de baja a la OBRA SOCIAL ENCARGADOS APUNTADORES MARÍTIMOS - O.S.E.A.M. (R.N.O.S. Nº 1-1170-4), del REGISTRO DE AGENTES DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD PARA LA ATENCION MEDICA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS.

ARTICULO 2º.- Hágase saber a la OBRA SOCIAL ENCARGADOS APUNTADORES MARÍTIMOS - O.S.E.A.M. (R.N.O.S. Nº 1-1170-4), que deberá mantener su obligación respecto de aquellos beneficiarios jubilados y pensionados que, a la fecha de publicación de la presente, se encuentren afiliados a la entidad.

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a la OBRA SOCIAL ENCARGADOS APUNTADORES MARÍTIMOS - O.S.E.A.M. (R.N.O.S. Nº 1-1170-4), publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para la intervención de su competencia y oportunamente, archívese.

Daniel Alejandro Lopez

e. 16/11/2023 N° 93166/23 v. 16/11/2023

Fecha de publicación 16/11/2023