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14 de Noviembre de 2023

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Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL

Disposición 972/2023

DI-2023-972-APN-DNL#MT

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2023

VISTO el EX-2022-46435125- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2023-1942-APN-ST#MT, de fecha 21 de septiembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que en la página 8 del RE-2022-46432963-APN-DGD#MT del presente expediente obra el acuerdo homologado por el artículo 1º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 2367/23, celebrado en fecha 30 de diciembre de 2020 por la ASOCIACION DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS (A.P.L.A.) y la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 402/00 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en las páginas 1/2 del IF-2022-48908151-APN-DNRYRT#MT y en las páginas 7/8 del RE-2022-46432963-APN-DGD#MT del presente expediente obra el acuerdo homologado por el artículo 2º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 2368/23, celebrado en fecha 28 de junio de 2021 por la ASOCIACION DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS (A.P.L.A.) y la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 402/00 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que sin perjuicio de que transcurrieron más de DOS (2) años entre la fecha de celebración de los acuerdos y las de su homologación, en la referida Resolución homologatoria también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en el IF-2023-121717688-APN-DNRYRT#MT obra el informe técnico, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad, en el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios que se fijan por la presente.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por sus similares DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT y DI-2023-213-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.

Por ello,

EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivado de los acuerdos homologado por el artículo 1º de la RESOL-2023-1942-APN-ST#MT y registrado bajo el Nº 2367/23, conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO I DI-2023-121709356-APN-DNRYRT#MT forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivado de los acuerdos homologado por el artículo 2º de la RESOL-2023-1942-APN-ST#MT y registrado bajo el Nº 2368/23, conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO II DI-2023-121712178-APN-DNRYRT#MT forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante y proceda a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Jorge Pablo Titiro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/11/2023 N° 92936/23 v. 16/11/2023

Fecha de publicación 16/11/2023