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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 898/2023

DECAD-2023-898-APN-JGM - Licitación Pública N° 80-0010-LPU23.

Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-25457843-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1398 del 4 de julio de 2023, se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 80-0010-LPU23, llevada a cabo para la adquisición de vacunas anti hepatitis A en sus presentaciones pediátrica y adulta, solicitada por la DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES de la citada Cartera Ministerial, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR

Que la GERENCIA DE PRECIOS TESTIGOS de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo, tramitado mediante la Orden de Trabajo N° 541/23 e informó los Precios Testigo para la totalidad de los renglones; en los términos y alcances establecidos por la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que, conforme surge del Acta de Apertura de fecha 28 de julio del 2023, se recibieron las ofertas de las firmas SINERGIUM BIOTECH S.A., GSK BIOPHARMA ARGENTINA S.A. y MSD ARGENTINA S.R.L., en todos los casos para los renglones 1 y 2.

Que la DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente informe técnico del cual surge que las ofertas presentadas se ajustan técnicamente a las especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que, dados los montos cotizados por los oferentes, ha tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para la evaluación de los Planes de implementación de los Acuerdos de Cooperación Productiva (ACP), en cumplimiento del artículo 10 de la Ley N° 27.437, su normativa complementaria y modificatoria.

Que la mencionada Dirección Nacional consideró que las propuestas de ACP de las firmas GSK BIOPHARMA ARGENTINA S.A. y MSD ARGENTINA S.R.L. no se adecuan a las previsiones establecidas en los artículos 9° y 10 de la Ley Nº 27.437, su normativa complementaria y modificatoria y, por lo tanto, no pueden ser consideradas en el presente proceso licitatorio.

Que, en atención a la diferencia existente entre los precios cotizados y los valores indicados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS de la citada Cartera Ministerial propulsó el pertinente mecanismo de mejora de precios a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR con la firma SINERGIUM BIOTECH S.A. para el renglón 2 y recibió respuesta favorable por parte de la misma.

Que, en consecuencia, la mencionada COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el Expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 4 de octubre de 2023 y recomendó la adjudicación de la oferta válida y conveniente correspondiente a la firma SINERGIUM BIOTECH S.A. para los renglones 1 y 2.

Que la mencionada COMISIÓN EVALUADORA recomendó desestimar la oferta de la firma GSK BIOPHARMA ARGENTINA S.A. para los renglones 1 y 2 por no cumplir con los requisitos de admisibilidad de la Ley Nº 27.437, su normativa complementaria y modificatoria y, para el renglón 2, por no ser conveniente económicamente y la oferta de la firma MSD ARGENTINA S.R.L. para los renglones 1 y 2 por no cumplir con los requisitos de admisibilidad de la Ley Nº 27.437, su normativa complementaria y modificatoria y por no encontrarse debidamente inscripto en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) que administra la plataforma COMPR.AR.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones de la citada Cartera Ministerial informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que, por lo expuesto, corresponde aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública N° 80-0010-LPU23 del MINISTERIO DE SALUD y adjudicar la misma conforme lo señalado precedentemente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública N° 80-0010-LPU23 del MINISTERIO DE SALUD, para la adquisición de vacunas anti hepatitis A en sus presentaciones pediátrica y adulta, solicitada por la DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES de la citada Cartera Ministerial.

ARTÍCULO 2º.- Desestímanse en la Licitación Pública N° 80-0010-LPU23 del MINISTERIO DE SALUD las ofertas correspondientes a las firmas GSK BIOPHARMA ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-71526879-1) y MSD ARGENTINA S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-50340307-9), para los renglones 1 y 2 en ambos casos, por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 80-0010-LPU23 del MINISTERIO DE SALUD a favor de la firma SINERGIUM BIOTECH S.A. (CUIT N° 30-71172048-7) para el renglón 1 por la cantidad de SEISCIENTAS SESENTA MIL (660.000) dosis y renglón 2 por la cantidad de CINCUENTA MIL (50.000) dosis, por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL (USD 6.935.000).

ARTÍCULO 4º.- La suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL (USD 6.935.000), a la que asciende la referida contratación, se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD correspondientes a los Ejercicios 2023 y 2024.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, prórroga, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios y/o cocontratantes respecto de la Licitación Pública que por este acto se adjudica, como así también a renegociar y suscribir cualquier otro acto relacionado con la ejecución del contrato.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD a suscribir la pertinente Orden de Compra.

ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, conforme lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Carla Vizzotti

e. 23/11/2023 N° 95420/23 v. 23/11/2023

Fecha de publicación 23/11/2023