SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Y TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN
Resolución Conjunta 1/2023
RESFC-2023-1-APN-TTN#MOP
Ciudad de Buenos Aires, 20/11/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-76355507- -APN-TTN#MOP del Registro del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN N 21.626 (t.o. 2001) y la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164; los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, 50 de fecha 19 de diciembre 2019 y su modificatorio y 536 de fecha 25 de agosto de 2022 y sus modificatorios; el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece en su artículo 16, que la Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento y que todos sus habitantes son admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad.
Que, así las cosas, los distintos preceptos normativos que regulan las relaciones laborales del personal alcanzado en la Administración Pública Nacional, tienen como principio rector el compromiso de asegurar la más efectiva prestación de los servicios públicos en favor de las y los habitantes de la Nación, en el marco del fortalecimiento de la gobernabilidad democrática y de la calidad institucional del régimen republicano establecido en nuestra Constitución Nacional.
Que el ESTADO NACIONAL operativiza sus diversas acciones mediante la labor cotidiana de su plantel funcionarial y de todas las personas trabajadoras que integran las diversas organizaciones públicas en sus diferentes niveles y áreas de intervención, quienes son artífices de las políticas públicas que se despliegan en todo el territorio nacional.
Que la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 mediante el su Decreto Nº 1421/02 y sus modificatorios y los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) regulan las condiciones exigidas para el ingreso a la Administración Pública Nacional, estableciendo en su artículo 9° la incorporación de agentes mediante el régimen de contrataciones por tiempo determinado.
Que corresponde a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en su carácter de órgano rector en materia de empleo público y autoridad de aplicación e interpretación de las disposiciones del régimen citado, entender en la formulación de las políticas nacionales en materia de recursos humanos y gestión del empleo público en el ámbito de su competencia; ello conforme las atribuciones conferidas mediante el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Que, por su parte, mediante la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN N° 21.626 (modificada por el Decreto N° 1487/01) se estableció que el mismo funcionaría como organismo descentralizado en jurisdicción de la entonces SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Que mediante el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, así como también se determinaron los objetivos de las Unidades Organizativas que lo conforman (conforme artículos 1º y 2º), y en su Anexo III se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos descentralizados, encontrándose el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN en la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que el citado ente es un organismo técnico imparcial que establece valores objetivos de los bienes para adquisición, enajenación, locación, valor contable u otros fines, requeridos por Organismos Públicos o Entidades Privadas, para sí o para aquellos entes a los cuales supervisan, controlan o auditan.
Que muchas de las políticas y acciones que el Tribunal lleva adelante tienen un amplio despliegue federal y requieren, para una prestación de servicios adecuada y oportuna, de una dotación óptima integrada por perfiles específicos, experimentados y profesionales que sean aptos para desempeñarse en un organismo que desarrolla funciones de alta complejidad técnica.
Que, en ese sentido, se han impulsado políticas tendientes a alcanzar una mejora cualitativa e integral del sistema de empleo público con la finalidad de fortalecer las capacidades que permitan responder adecuadamente a las necesidades del país e impulsar un proceso de desarrollo con inclusión social.
Que según el Informe Ejecutivo Nº IF-2022-00827389-APN-SSEP#JGM elaborado al mes de Diciembre de 2021 por la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, se determinó una dotación óptima de CIENTO VEINTIÚN (121) agentes, resultando menester la contratación de personal idóneo para cubrir las necesidades de personal de las áreas sustantivas; por cuanto persiste una necesidad transitoria de incorporar los recursos humanos que permitan al Tribunal cumplir con efectividad las acciones, objetivos y responsabilidades asignadas.
Que, conforme ello, resulta necesario la creación de una plataforma digital de acceso público que sistematice el proceso de selección de profesionales e incorporación de personal transitorio al TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, garantizando la idoneidad como principio constitucional de acceso al empleo público, mediante un tratamiento ecuánime y transparente.
Que, en ese sentido, esta herramienta implica otra forma de implementar una política de optimización para el desarrollo y administración estratégica de los recursos humanos del Tribunal, con el propósito de incorporar, gestionar y disponer de recursos humanos con perfiles acordes a las necesidades.
Que, asimismo, corresponde aprobar el PROGRAMA “EXPERTA” que como Anexo I IF-2023-83206219-APN TTN#MOP forma parte integrante de la presente medida.
Que el CUERPO COLEGIADO del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, mediante el Acta de Sesión Especial N° 15 del 13 de julio del 2023, aprobó de manera unánime en su Punto N° 7 el inicio de la tramitación para la creación de la Plataforma Digital “EXPERTA”, conjuntamente con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme surge del Informe Nº IF-2023- 82479684-APN-TTN#MOP.
Que mediante Informe IF-2023-101997280-APN-DNAYPEP#JGM, la DIRECCIÓN NACIONAL DE ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, efectuó su intervención; señalando que ha participado en el desarrollo de la plataforma que se propicia aprobar mediante la presente medida.
Que el SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN contará, al día del inicio de cada contratación, con los créditos suficientes para afrontar los gastos emergentes dentro de los niveles asignados por la Ley Nº 27.701 del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2023, distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN y de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado sus respectivas intervenciones.
Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el inciso c) del artículo 4° de la Ley Orgánica del Tribunal de Tasaciones de la Nación N° 21.626 (t.o. 2001), el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios y el artículo 2º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley N° 25.164.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Créase la Plataforma Digital “EXPERTA” como herramienta de acceso público con el propósito de incorporar, gestionar y disponer de recursos humanos con perfiles acordes a las necesidades del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el PROGRAMA “EXPERTA” y sus objetivos, que como Anexo I IF-2023-83206219-APN-TTN#MOP forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani - Daniel Eduardo Martín
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/11/2023 N° 94805/23 v. 23/11/2023
Fecha de publicación 23/11/2023