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17 de Octubre de 2023

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 914/2023

DECAD-2023-914-APN-JGM - Licitación Pública N° 340/1-0027-LPU23.

Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-91071319-APN-DGAD#MD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 340/1-0027-LPU23 autorizada por la Resolución N° 1429 del 27 de septiembre de 2023 del MINISTERIO DE DEFENSA para la “ADQUISICIÓN DE RACIONES ANTÁRTICAS – SOSTÉN LOGÍSTICO ANTÁRTICO” y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES del MINISTERIO DE ECONOMÍA tomó la debida intervención en los términos del artículo 8° de la Ley N° 27.437 y sus modificaciones.

Que la Gerencia de Precios Testigo de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) elevó valores de referencia según Informe Técnico de Precios Testigo, tramitado bajo la Orden de Trabajo N° 818/23.

Que en el marco de la referida Licitación Pública se emitió la Circular N° 1, la cual fue difundida y comunicada conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que del Acta de Apertura de fecha 12 de octubre de 2023 surge la presentación de las ofertas de las firmas comerciales EQUIS QUINCE S.A., BIO-LIMP SOLUCIONES DE CALIDAD S.A. y PRADAN S.A.

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas elaboró el Dictamen de Evaluación de Ofertas mediante el cual se recomienda adjudicar a la firma comercial EQUIS QUINCE S.A., alternativa 1, los renglones Nros 1, 2 y 3, por un monto total de PESOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($1.690.072.680).

Que, asimismo, la citada Comisión Evaluadora recomienda desestimar la oferta de la firma BIO-LIMP SOLUCIONES DE CALIDAD S.A. por no encontrarse habilitada para contratar, al poseer deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP, conforme lo establecido en el artículo 28, inciso f) del Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, en el artículo 66 del Anexo al Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios y la Resolución General AFIP N° 4164/17, y por no subsanar lo solicitado, conforme lo establecido en el artículo 67 del Anexo al Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios.

Que no se recibieron impugnaciones al Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento con lo establecido en el artículo 84 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16; para el COMANDO CONJUNTO ANTÁRTICO - Titulares: CC Bernardo INSFRAN ROBLES (D.N.I. N° 22.448.634), SM Héctor PIÑEIRO (D.N.I. N° 22.591.799) y SA Adolfo David ACOSTA (D.N.I. N° 29.924.473); Suplentes: SP Sergio Omar FUNES (D.N.I. N° 26.122.182), SP Pablo Horacio QUAGLIAROTTI (D.N.I. N° 23.992.400) y SA Juan Carlos FUENTES AZURDUY (D.N.I. N° 25.220.559).

Que considerando que dicha Comisión de Recepción está integrada por Personal Militar de las FFAA, los cuales por razones operativas y profesionales podrían cambiar sus destinos, resultaría necesaria su modificación, por lo que la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA sería la autoridad que avale la modificación de los miembros de la mencionada Comisión.

Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS certificó la disponibilidad de respaldo presupuestario correspondiente para hacer frente al gasto que demande la presente medida, solicitando se contemplen las alternativas de pago anticipado con su correspondiente bonificación y se aplique una disminución del renglón N° 1 del DIECISIETE POR CIENTO (17 %).

Que, en función de lo expuesto, corresponde adjudicar los renglones Nros. 1 (Alternativa 2), 2 (Alternativa 2) y 3 (Alternativa 2) a la firma comercial EQUIS QUINCE S.A.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios, y por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 340/1-0027-LPU23 llevada a cabo para la “ADQUISICIÓN DE RACIONES ANTÁRTICAS – SOSTÉN LOGÍSTICO ANTÁRTICO”.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícanse los renglones de la Licitación Pública N° 340/1-0027-LPU23, de conformidad al siguiente detalle:

· EQUIS QUINCE S.A., CUIT N° 33-70782281-9, los renglones Nros. 1 (Alternativa 2), 2 (Alternativa 2) y 3 (Alternativa 2), por un monto total de PESOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 30/100 ($1.639.369.982,30).

ARTÍCULO 3°.- Disminúyese en un DIECISIETE POR CIERTO (17 %) el renglón N° 1 adjudicado por el artículo 2° de la presente medida a favor de la firma EQUIS QUINCE S.A., CUIT N° 33-70782281-9, por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 60/100 ($178.266.468,60).

ARTÍCULO 4º.- Desestímase la oferta de la firma comercial BIO-LIMP SOLUCIONES DE CALIDAD S.A., en virtud de las causales expresadas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas presupuestarias de la Subjurisdicción 45 – ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS – SAF 371 – Programa 20 – Sostén Logístico Antártico.

ARTÍCULO 6°.- La COMISIÓN DE RECEPCIÓN para la referida Licitación Pública estará integrada por los miembros titulares y suplentes mencionados en el considerando respectivo de la presente medida, dando cumplimiento al Artículo 84 del ANEXO al Decreto N° 1030/16. Los miembros suplentes actuarán únicamente ante la ausencia del titular designado.

ARTÍCULO 7°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA a refrendar a los nuevos miembros titulares y suplentes de la COMISIÓN DE RECEPCIÓN que cambien su destino operativo, dando cumplimiento al artículo 84 del ANEXO al Decreto N° 1030/16. Los miembros suplentes actuarán únicamente ante la ausencia del titular designado.

ARTÍCULO 8°.- Autorízase a la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA a emitir la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 9°.- Autorízase al Ministro de Defensa a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario y/o cocontratante respecto de la licitación pública que por este acto se adjudica, así como a renegociar y suscribir cualquier otro acto administrativo relacionado con la ejecución del contrato.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Jorge Enrique Taiana

e. 28/11/2023 N° 96772/23 v. 28/11/2023

Fecha de publicación 28/11/2023