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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 222/2023

RESOL-2023-222-ANSES-ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2023

VISTO el Expediente Nro. EX-2023-133488004- -ANSES-DPB#ANSES del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y la Resolución D.E. A N° 327 de fecha 3 de noviembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer el Calendario de Pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para las emisiones de los meses de diciembre de 2023, que incluye la segunda cuota del haber anual complementario, enero y febrero de 2024.

Que, en consecuencia, corresponde adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.

Que la Resolución D.E. A N° 327/09 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en su artículo 1°, establece los conceptos a considerar para la determinación de los intervalos de pago.

Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales permiten establecer el esquema de pago, en VEINTE (20) grupos.

Que la por entonces Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo Dictamen Nº 15.541/2000, según Informe N° IF-2023-133524776-ANSES-DPB#ANSES, incorporado a número de orden 3.

Que la Comunicación “A” 6386 de fecha 8 de diciembre de 2017 del Banco Central de la República Argentina como Informe N° IF-2023-133523798-ANSES-DPB#ANSES, la cual regula el proceso de rendición de cuentas para las entidades financieras participantes en la operatoria de pago de los beneficios de la Seguridad Social a cargo de esta ANSES.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2.741/91, el artículo 36 de la Ley N° 24.241 y el Decreto 429/2020.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébanse los calendarios de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para las emisiones correspondientes a los meses de diciembre de 2023, que incluye la segunda cuota del haber anual complementario, enero y febrero de 2024, que como Anexos I N° IF-2023-134411301-ANSES-DPB#ANSES, II N° IF-2023-134413334-ANSES-DPB#ANSES y III N° IF-2023-134413549-ANSES-DPB#ANSES respectivamente, forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º.- Delégase en la Dirección General de Finanzas la determinación del importe para los intervalos de pago, conforme a lo establecido en la Resolución D.E. A N° 327 de fecha de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

ARTICULO 3º.- Establécese que la presentación de la rendición de cuentas deberá efectuarse de acuerdo a lo dispuesto por la Comunicación “A” 6386 del Banco Central de la República Argentina de fecha 8 de diciembre de 2017.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Maria Fernanda Raverta

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/11/2023 N° 97457/23 v. 30/11/2023

Fecha de publicación 30/11/2023