Edición del
7 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 4011/2023

RESOL-2023-4011-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2023

VISTO el expediente EX-2023-58516293- APN-DNCSSYRS#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD, las Resoluciones MS N° 1105 del 27 de julio de 2006, N° 1814 del 9 de octubre de 2015 y N° 3576 del 9 de diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el sistema de salud de Argentina es concebido como parte esencial de una sociedad compleja, dinámica y profundamente interrelacionada, donde la correspondencia recíproca, transparente y madura entre la atención sanitaria, los y las profesionales y la ciudadanía hacen posible una perspectiva potencial para cuidados de salud calificados, responsables, oportunos, justos, éticos y en permanente evaluación y mejora.

Que el escenario presente requiere transitar el camino hacia la excelencia a través de un proceso complejo de profunda trasformación, con rectoría y gobernanza del Ministerio de Salud, con autonomía y competencia del talento humano en salud, prestos a centrar la atención en las personas, familias y comunidades, donde se pueda escuchar la voz de todos, con pluralidad de visiones, ejerciéndola con responsabilidad en sostener la calidad y seguridad de la atención.

Que el reconocimiento de especialidades es dinámico y requiere de actualizaciones periódicas debido a la evolución científica y las necesidades de recursos humanos caracterizados.

Que la Resolución MS N° 1105/2006 establece que el CONSEJO FEDERAL DE LA SALUD (COFESA) ejercerá la rectoría de la política a seguir con respecto a distintos aspectos del ejercicio de las profesiones de grado universitario en salud.

Que por Resolución MS N° 3576/2021 se elabora un nuevo marco normativo con definiciones precisas y nuevas categorizaciones de las especialidades del equipo de salud e incorpora requisitos explícitos y herramientas para el reconocimiento de especialidades en salud.

Que entre las categorías desarrolladas por la norma mencionada en el párrafo anterior se encuentra la de CAPACITACIÓN ESPECIALIZADA, como las acciones formativas orientadas a ampliar los conocimientos, habilidades, aptitudes y actitudes de los especialistas de las profesiones de salud, relacionadas directamente con una o varias especialidades que profundizan en un área específica de las mismas y se relacionan frecuentemente con el avance de la ciencia y/o la tecnología.

Que por Resolución MS N° 1814/2015 se aprobó la última versión del Listado de Especialidades Médicas, incluyendo en ese acto a las especialidades de HEMATO - ONCOLOGÍA PEDIÁTRICA y MEDICINA PALIATIVA.

Que el Colegio Argentino de Neurointervencionistas ha solicitado la incorporación del NEUROINTERVENCIONISMO como una capacitación especializada, para los especialistas en DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES, NEUROCIRUGÍA o NEUROLOGÍA.

Que del análisis técnico realizado por la Dirección Nacional de Calidad en Servicios de Salud y Regulación Sanitaria, surge que la presentación cumple con los requisitos estipulados en la Resolución MS N° 3576/2021.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE PROFESIONES DE GRADO UNIVERSITARIO creada por Resolución MS N° 1105/2006, en su reunión del 28 de septiembre del corriente año definió aprobar la capacitación especializada planteada.

Que, del mismo modo, los ministros y las ministras presentes en las reuniones del CONSEJO FEDERAL DE LA SALUD (COFESA) del 8 de septiembre y del 4 de octubre próximo pasado acordaron la aprobación de NEUROINTERVENCIONISMO como capacitación especializada de la medicina, como surge de las actas insertadas en las presentes actuaciones.

Que, habiendo cumplido con lo dispuesto por la normativa vigente, corresponde aprobar la incorporación del NEUROINTERVENCIONISMO como capacitación especializada de la medicina y su marco de referencia.

Que con el objeto de aportar las mejoras que actualmente se imponen desde la técnica legislativa, tendiente a lograr la consolidación de normas claras, simples y precisas, accesibles y compresibles por la ciudadanía, se considera pertinente la derogación de la Resolución Ministerial N° 1814/2015.

Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD han prestado conformidad sobre la presente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 103 de la Constitución Nacional y la Ley de Ministerios N° 22.520, sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la capacitación especializada en NEUROINTERVENCIONISMO para los y las especialistas en DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES, NEUROCIRUGÍA o NEUROLOGÍA e incorpórese la misma al listado de especialidades y capacitaciones especializadas de la medicina aprobado por Resolución MS 1814/15, que como ANEXO I (IF-2023-124741172-APN-DMCYSP#MS) acompaña a la presente.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el marco de referencia de la capacitación especializada en NEUROINTERVENCIONISMO que como como ANEXO II (IF-2023-123897293-APN-DMCYSP#MS) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Derógase la Resolución MS N° 1814 del 9 de octubre de 2015.

ARTÍCULO 4º.- El listado del ANEXO I podrá ser actualizado periódicamente a través del mecanismo instituido por la Resolución Ministerial N° 1105 de fecha 27 de julio de 2006 y lo dispuesto por la Resolución N° 3576 del 9 de diciembre de 2021.

ARTÍCULO 5º.- Invítase a los Señores Ministros y las Señoras Ministras del CONSEJO FEDERAL DE SALUD (COFESA) a adecuar las normativas jurisdiccionales para la aplicación de la presente.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carla Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/11/2023 N° 97690/23 v. 30/11/2023

Fecha de publicación 30/11/2023