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30 de Noviembre de 1990

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

Resolución 156/2023

RESFC-2023-156-APN-CD#INTI

Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-136896288-APN-DA#INTI, el Decreto- Ley N° 17.138, de fecha 27 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley N° 14.467, las Leyes Nros. 25.164, 25.467 y 27.701, los Decretos Nros. 1421, de fecha 8 de agosto de 2002, 214, de fecha 27 de febrero de 2006, 109, de fecha 18 de diciembre de 2007, 355, de fecha 22 de mayo de 2017 y 426, de fecha 21 de julio de 2022, las Decisiones Administrativas Nros. 970, de fecha 12 de octubre de 2021 y su modificatoria y 4, de fecha 9 de enero de 2023, la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161 y Nº 988, de fecha 30 de diciembre de 2009, las Disposiciones del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL Nros. 91, de fecha 16 de febrero de 2023, 99, de fecha 24 de febrero de 2023, y 486, de fecha 15 de noviembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), como organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 4/23 se determinaron, de acuerdo con el detalle de las Planillas Anexas I (IF-2023-02617322-APN-SH#MEC) y II (IF-2023-02616886-APN-SH#MEC), los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, incluyendo las plantas de personal en el marco de la Planilla Anexa al artículo 6º de la mencionada ley.

Que el artículo 8º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, así como su Decreto Reglamentario Nº 1421/02 y sus modificatorios, establece que el ingreso al régimen de carrera deberá llevarse a cabo mediante procesos de selección que aseguren los principios de transparencia, publicidad y mérito con el objeto de determinar la idoneidad de los postulantes siendo el órgano rector en la materia la actual la SECRETARÍA DE LA GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por intermedio de la Decisión Administrativa N° 970/21 y su modificatoria, en su artículo 1° se aprobó el “Plan Integral para el Fortalecimiento de los Recursos Humanos de los Organismos que integran al Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología pertenecientes a la Administración Pública Nacional” conformado por un conjunto de medidas y acciones destinadas a fortalecer las condiciones de empleo público en el sector de ciencia y tecnología, cuya finalidad será la formulación de una política a mediano y largo plazo, en consonancia con las previsiones de aumento progresivo y sostenido del presupuesto nacional destinado a la función científica y técnica, atento su capacidad estratégica para el desarrollo social, cultural, económico, productivo y ambiental.

Que a tal fin, oportunamente fueron analizados los perfiles necesarios para la identificación de CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) cargos vacantes de planta permanente del Organismo, cuya cobertura se persigue en el marco del Plan Integral para el Fortalecimiento de los Recursos Humanos de los Organismos que integran al Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología pertenecientes a la Administración Pública Nacional (CICyT), aprobado por la Decisión Administrativa N° 970/21.

Que la cobertura de los referidos cargos no se encuentra alcanzada por la prohibición del Decreto Nº 426/22, por tratarse de designaciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, establecido por la Ley N° 25.467 y en el marco de la Decisión Administrativa Nº 970/21 y su modificatoria.

Que mediante la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09, respectivamente, se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Selección, para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

Que por la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL Nº 91/23, se llamó a concurso mediante Convocatoria por el Sistema de Selección Abierta, conforme a los procedimientos establecidos por el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09, para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, se designaron a los integrantes de los Órganos Selectores y se aprobaron los perfiles de cada función o puesto de trabajo a cubrir que se detallan en el Anexo I (IF-2023-17323507-APN-GORRHH#INTI), los cuales contienen el número identificatorio en el Registro de Ofertas de Empleo.

Que por la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL N° 99/23, se aprobaron las Bases del Concurso definidas por los Órganos Selectores designados por la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL Nº 91/23, y se fijó como período de inscripción electrónica de los respectivos procesos de selección para la cobertura de los CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, el comprendido a partir del día 14 de marzo de 2023 y hasta el día 30 de marzo de 2023 inclusive.

Que por la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Nº 486/23, se aprobó el Orden de Mérito elevado por los Órganos Selectores Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11 y 12, correspondiente al llamado a concurso mediante Convocatoria por el Sistema de Selección Abierta, efectuado a través de la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Nº 91/23, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I (IF-2023-133201407-APN-GORRHH#INTI) de la citada Disposición, de conformidad con lo informado por la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS, mediante el IF-2023-133200896-APN-GORRHH#INTI.

Que se ha dado cumplimiento a las etapas del proceso de selección para la cobertura de dichos cargos, conforme el Régimen de Selección antes mencionado.

Que las personas que se designan en la presente medida han obtenido el puntaje más elevado en el referido Orden de Mérito, el que ha sido notificado y no fue objeto de impugnaciones, por lo que habiendo transcurrido los plazos legales establecidos, deben instrumentarse las respectivas designaciones.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS, ha evaluado satisfactoriamente la documentación requerida y verificado que se encuentran reunidos los requisitos para la designación de las personas que se detallan en el IF-2023-142000226-APN-GORRHH#INTI.

Que el artículo 3° del Decreto N° 355/17 y su modificatorio, establece que la designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la Planta Permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas Jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y los Secretarios de Gobierno. Dichos actos administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial.

Que el artículo 5° del mencionado Decreto N° 355/17, establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del mencionado Decreto.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS, mediante el IF-2023-140176658-APNGORRHH#INTI obrante en el orden número 101, informó que no tiene objeciones que formular a la medida propiciada.

Que la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, mediante el IF-2023-140257616-APN-DA#INTI obrante en el orden número 105, señaló que no tiene objeciones que formular a la medida propiciada.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, mediante el IF-2023-140604934-APN-GOAYF#INTI obrante en el orden número 109, informó que el Instituto cuenta con créditos presupuestarios suficientes para afrontar el gasto que demande la suscripción de la medida propiciada, y señaló que se consideran cumplidos los recaudos de admisibilidad y procedencia para el dictado de la medida propiciada.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL Nº 161/09 y Nº 988/09, y los artículos 3° y 5° del Decreto N° 355/17.

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnense, a partir de la fecha de publicación de la presente, a las personas que se consignan en el Anexo I (IF-2023-142000226-APN-GORRHH#INTI), que forma parte integrante de la presente Resolución, en los cargos de la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), conforme el Nivel Escalafonario, Tramo y Grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal deI INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), homologado por el Decreto Nº 109/07, que se detallan, y en la unidad orgánica que allí se determina.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Lucia Knorre - Jorge Ernesto Schneebeli - Sandra Marcela Mayol

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/12/2023 N° 98133/23 v. 01/12/2023

Fecha de publicación 01/12/2023