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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 2348/2023

RESOL-2023-2348-APN-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2023

VISTO el expediente N° EX-2023-118718055- -APN-DTA#SENNAF, la Ley N° 27.701 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, el Decreto Nº 7 del 10 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, Decreto N° 1035 del 8 de noviembre de 2018 y su modificatorio, Decreto N° 328 del 31 de marzo de 2020, el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, el Decreto N° 863 del 29 de diciembre de 2022, la Decisión Administrativa N° 723 del 5 de mayo de 2020 y sus modificatorias; la Decisión Administrativa N° 1164 del 30 de noviembre de 2021 y N° 856 del 29 de agosto de 2022, la DECAD-2020-200-APN-JGM del 21 de febrero de 2020, la DECAD-2020-159-APN-JGM del 19 de febrero de 2020, la DECAD-2020-202-APN-JGM del 21 de febrero de 2020, la DECAD-2020-227-APN-JGM del 27 de febrero de 2020, la DECAD-2020-210-APN-JGM del 21 de febrero de 2020, la DECAD-2020- 548-APN-JGM del 19 de abril de 2020, la RESOL-2020-1065-APN-MDS del 25 de noviembre del 2020, la RESOL-2022-80-APN-MDS del 26 de enero de 2022, la RESOL-2021-109-APN-MDS del 18 de febrero del 2021, la RESOL-2022-2048-APN-MDS del 23 de noviembre de 2022, RESOL-2022-114-APN-MDS del 7 de febrero del 2022; y,

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por la Decisión Administrativa N° 723/2020 (y sus modificatorias, Decisión Administrativa N° 1164/21 y N° 856/22), se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por Decreto N° 1035/18 y su modificatorio N° 328/2020 se autorizó a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio el Decreto N° 863/22, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Que, asimismo, cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se dispongan no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que, por otra parte, estableció que dentro de los CINCO (5) días del dictado del acto de prórroga se deberá notificar a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que los agentes mencionados en el ANEXO N° IF-2023-132845887-APN-DTA#SENNAF fueron designados con carácter transitorio en determinados cargos vigentes, con función ejecutiva, de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, mediante las Decisiones Administrativas DECAD-2020-200-APN-JGM del 21 de febrero de 2020, la DECAD-2020-159-APN-JGM del 19 de febrero de 2020, la DECAD-2020-202-APN-JGM del 21 de febrero de 2020, la DECAD-2020-227-APN-JGM del 27 de febrero de 2020, la DECAD-2020-210-APN-JGM del 21 de febrero de 2020, la DECAD-2020- 548-APN-JGM del 19 de abril de 2020, y sus prórrogas por la RESOL-2020-1065-APN-MDS del 25 de noviembre del 2020, la RESOL-2022-80-APN-MDS del 26 de enero de 2022, la RESOL-2021-109-APN-MDS del 18 de febrero del 2021, la RESOL-2022-2048-APN-MDS del 23 de noviembre de 2022, RESOL-2022-114-APN-MDS del 7 de febrero del 2022.

Que atento a encontrarse vacantes los cargos y no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria al proceso de selección, razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias mencionadas en el considerando precedente.

Que se ha dado cumplimiento a lo indicado en el artículo 2° de la Resolución RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM.

Que la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA ha tomado la intervención de su competencia.

Que el ÁREA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios sus normas modificatorias y complementarias y los Decreto N° 328 del 31 de marzo de 2020 y N° 689 del 12 de octubre del 2022.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°. - Dense por prorrogadas las designaciones conforme el Anexo identificado como IF-2023- 132845887-APN-DTA#SENNAF, que forma parte de la presente medida, a partir del 17 de agosto de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Los cargos mencionados en el artículo precedente, deberán ser cubiertos conforme a los requisitos y sistemas vigentes de selección según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente Resolución Ministerial.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a las partidas específicas asignadas a la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA de la jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, notifíquese a los interesados, a través del Área de Recursos Humanos de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA y, dentro de los CINCO (5) días del dictado del acto de la presente prórroga, a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme el artículo 2° del Decreto N° 328/2020.

ARTÍCULO 5°.- Publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Oportunamente, archívese.

Victoria Tolosa Paz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/12/2023 N° 98147/23 v. 01/12/2023

Fecha de publicación 01/12/2023