MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 1538/2023
RESOL-2023-1538-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-134005469- -APN-DCDC#MT, las Leyes Nros. 25.164 y 27.701, los Decretos Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y DCTO-2022-103-APN-PTE del 2 de marzo de 2022, las Resoluciones Nros. RESFC-2022-5-APN-SH#MEC de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA del 23 de febrero de 2022, RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del 22 de marzo de 2022 y sus modificatorias, RESFC-2022-33-APN-SH#MEC de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA del 26 de agosto de 2022 y RESOL-2023-294-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del 4 de abril de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que, a partir del 1° de enero de 2023, rigen las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que, mediante el artículo 3 del Decreto N° DECTO-2017-355-APN.PTE y sus modificatorios, se dispuso que la designación del personal ingresante a la planta permanente como a la promoción del personal que revista en la planta permanente serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno, como así también serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones.
Que el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, plasmado en el Decreto N° 214/2006, en su artículo 54, establece que la promoción vertical de nivel o categoría escalafonaria se efectuará conforme a los mecanismos de selección y/o merituación y requisitos aplicables al cargo o función al que se aspire.
Que el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por el Decreto N° 2098/2008, determina, en los artículos N° 14 y 15, los requisitos mínimos que se deben acreditar para postularse a los distintos niveles escalafonarios.
Que, asimismo, el Decreto N° DCTO-2022-103-APN-PTE homologa el Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 y su Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), y determina, en su CLÁUSULA TERCERA, que por única vez y hasta el 31 de diciembre del año 2023, el personal permanente comprendido en el SINEP que reuniera los requisitos para el acceso a un nivel escalafonario superior y hasta un máximo de dos niveles, podrá solicitar su reubicación, conforme al Régimen de Valoración para la Promoción de Nivel por Evaluación y Mérito.
Que mediante el artículo 2 de la Resolución N° RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y sus modificatorias, se reglamentó el proceso citado y se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción de Nivel por Evaluación y Mérito para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que, asimismo, mediante Resolución N° RESOL-2023-294-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y sus modificatorias, se dió inicio al Proceso de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal de planta permanente con estabilidad del organismo.
Que, en efecto, tal como se encuentra regulado en los artículos 2 y 3 del citado plexo normativo, se designaron a los integrantes de los Comités de Valoración y se confeccionó el cronograma tentativo con los plazos del proceso.
Que, tal como lo dispone el artículo 12 del Anexo II de la Resolución N° RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, efectuó la definición del puesto a ocupar por los postulantes conforme al Nomenclador Clasificador de Puestos y Funciones.
Que los integrantes del Comité de Valoración han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios, y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICO N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, verificando el cumplimiento de los requisitos mínimos para cada Nivel escalafonario, dejando constancia de la nómina de agentes aprobados, Comité Nº 4 en Acta N° 9 según Informe N° IF-2023-139962932-APN-DGPFPR#MT.
Que mediante Acta COPIC Nº 207, Informe N° IF-2023-19785915-APN-COPIC, del 23 de febrero de 2023, se dispuso que “las intervenciones previstas por los artículos 8, 9, 11, y 12 del Anexo II de la Resolución Nº 53/2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, resultan suficientes, a los efectos de constatar los extremos requeridos por las normas que reglamentan la asignación de los suplementos por Agrupamiento, Función Específica y Capacitación Terciaria, contemplados en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), y el cumplimento de los recaudos establecidos por las respectivas reglamentaciones aprobadas para la percepción de dichos suplementos, se verifican por el Comité de Valoración durante el proceso de valoración por evaluación y merito”.
Que, en razón de lo mencionado, los perfiles de los agentes Antonella CIGANA (M I 35.863.701); Virginia Maria FOX (M.I. N° 23.050.049); Paula Daniela NIEVA (M.I. N° 31.249.500) y Liliana Ester SCHNEIDER (M.I. N° 24.290.058) han accedido al Nivel Escalafonario superior como consecuencia de haber acreditado, a instancias del Comité de Valoración, título terciario pertinente respecto del puesto a ocupar.
Que, asimismo, la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información ha tomado la intervención que le compete en razón del perfil de la agente Paula Daniela NIEVA (M.I. N° 31.249.500) de conformidad con el Capítulo VI del Anexo de la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-5-APN-SH#MEC de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, indicando que las funciones que desarrollan los aludidos se enmarcan en los requisitos establecidos en el Nomenclador de Funciones Informáticas.
Que, a su vez, los agentes que se detallan en el Informe N° IF-2023-138886153-APN-DCDC#MT han accedido a un Nivel Escalafonario superior, y considerando que ya habían adquirido el Suplemento por Función Específica con el Nivel Escalafonario anterior, les corresponde percibir el mencionado Suplemento al acreditar tareas orientadas a la Inspección/Control/Verificación de conformidad con lo normado en la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-33-APN-SH#MEC de la SECRETARÍA DE GESTIÓN y EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE HACIENDA. La mencionada Resolución, en su ANEXO I, establece el porcentaje correspondiente para ocupaciones comprendidas en el Agrupamiento General y Profesional para el personal que se desempeñe en puestos de Inspección/Control/Verificación en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en un rango comprendido entre el CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) y el SESENTA Y CINCO POR CIENTO (65%) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario que revistara el o la agente solicitante.
Que, en base a la situación de revista actualizada, y en conformidad a lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios, se recomendaron las asignaciones de Grado Escalafonario correspondientes al nuevo Nivel.
Que la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compete.
Que las promociones en los puestos correspondientes no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE y sus modificatorios, y la Resolución Nº RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel efectuada por el Comité de Valoración Nº 4 en Acta N° 9 (IF-2023-139962932-APN-DGPFPR#MT), la conversión de los cargos respectivos en relación a los agentes y de conformidad con el detalle que se consigna en el artículo 2.
ARTÍCULO 2°.- Promociónase a las personas que se mencionan en el ANEXO I Nº IF-2023-139134502-APN-DCDC#MT que forma parte integrante de la presente Resolución, en los Cargos, Agrupamientos, Tramos, Niveles y Grados Escalafonarios correspondientes al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios, y en las Dependencias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL junto a la asignación de los Suplementos por Capacitación Terciaria y Función Específica con los porcentajes que allí se determinan.
ARTÍCULO 3º.- La asignación del Suplemento por Función Específica dispuesta en el artículo 2 se acuerda para el ejercicio presupuestario en curso y los siguientes dos ejercicios presupuestarios, vencido el plazo, la asignación deberá ser recertificada por un nuevo período idéntico. La unidad organizativa a cargo de la liquidación y pago al personal de este suplemento, procederá bajo su estricta responsabilidad hacer cumplir lo determinado en este artículo.
ARTÍCULO 4°.- La asignación del Suplemento por Función Específica aprobada en el artículo 2 de la presente medida, caducará en todos los casos cuando se asignen al trabajador funciones distintas, o en otras unidades organizativas diferentes de las que fueron tenidas en cuenta para la asignación del suplemento.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Raquel Cecilia Kismer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/12/2023 N° 97835/23 v. 01/12/2023
Fecha de publicación 01/12/2023