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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 936/2023

DI-2023-936-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2023

VISTO el EX-2021-62249563- -APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N.º 24.449 y N.º 26.363 y su normativa reglamentaria, y las Disposiciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL N.° 571 del 23 de Septiembre de 2014, N.° DI-2021-700-APN-ANSV#MTR del 24 de Septiembre de 2021 y N.° DI-2021-921-APN-ANSV#MTR del 9 de Diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N.° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, actual MINISTERIO DE TRANSPORTE (cfr. Decretos N.° 13/15 y 8/16), cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo, tal como lo establece el artículo 3° de dicha norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.

Que entre las funciones asignadas al Organismo por la norma de creación, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, resulta competente para crear y establecer las características y procedimientos de otorgamiento, emisión e implementación de la Licencia Nacional de Conducir; y autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando, en su caso los centros de emisión y/o implementación de las mismas (conf. Artículo 4° incisos e) y f) de la Ley N.° 26.363).

Que la Disposición de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL N.° 571/14, dispuso la creación e implementación en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR del REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICOS, a fin de registrar los medios de examen electrónicos para la asistencia de los médicos intervinientes en el examen de aptitud psicofísica previa al otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir.

Que por lo expuesto, la disposición N.° DI-2021-921-APN-ANSV#MTR, aprobó el nuevo protocolo para la homologación y registración de los equipos auxiliares de diagnóstico y evaluación para la asistencia médica del examen de aptitud psicofísica obligatorio para el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, a fin de ser inscripto en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICOS.

Que en este marco, la disposición N.° DI-2021-700-APN-ANSV#MTR, homologó y registró el equipo GABINETE PSICOSENSOMETRICO JT TECNOLOGIA APLICADA correspondientes la firma SUMSER SRL (CUIT N.° 30-71452269-4), en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICOS como PRODUCTO NO CLASIFICADO COMO PRODUCTO MEDICO a los efectos de ser utilizados como equipos Auxiliares para la asistencia médica del examen de aptitud Psicofísica obligatorio para el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir.

Que la homologación y registración otorgada tiene una vigencia de DOS (2) años, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial, debiendo, su titular interesado proceder a su renovación, de acuerdo al procedimiento vigente.

Que en concordancia con la regulación referenciada, la firma SUMSER SRL, solicitó la renovación de la inscripción de su equipo GABINETE PSICOSENSOMETRICO JT TECNOLOGIA APLICADA, como PRODUCTO NO CLASIFICADO COMO PRODUCTO MEDICO en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICOS, cumplimentando los requisitos exigidos por el protocolo que como ANEXO fue aprobado por la disposición N.° DI-2021-921-APN-ANSV#MTR, acompañando los requisitos actualizados del inciso i) del ARTICULO 7.

Que en tal sentido corresponde certificar el cumplimiento de los recaudos exigidos y proceder a la renovación de la registración del equipo antes citados en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICOS como PRODUCTO NO CLASIFICADO COMO PRODUCTO MEDICO.

Que la DIRECCIÓN DE SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR, la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO, la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención de su competencia.-

Que la presente, se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º incisos a) y b) de la Ley N.° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE

ARTÍCULO 1º.- Renuévese la inscripción del equipo denominado GABINETE PSICOSENSOMETRICO JT TECNOLOGIA APLICADA correspondientes la firma SUMSER SRL (CUIT N.° 30-71452269-4) en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICOS como PRODUCTO NO CLASIFICADO COMO PRODUCTO MEDICO a los efectos de ser utilizados como equipos Auxiliares para la asistencia médica del examen de aptitud Psicofísica obligatorio para el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir.

ARTICULO 2°.- La Renovación en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICOS como PRODUCTO NO CLASIFICADO COMO PRODUCTO MEDICO, otorgada por el artículo 1º de la presente medida tendrá una vigencia de DOS (2) años, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial, debiendo, su titular interesado proceder a su renovación, de acuerdo al procedimiento vigente.

ARTÍCULO 3º.- La vigencia indicada en el artículo 2º de la presente medida, quedará supeditada al cumplimiento por parte de la firma SUMSER SRL (CUIT N.° 30-71452269-4) de lo regulado por la Disposición N.° DI-2021-921-APN-ANSV#MTR.

ARTICULO 4º.- Instrúyase a la DIRECCIÓN DE SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a renovar la registración en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIOS DE EXAMEN ELECTRONICOS creado por Disposición ANSV N.° 571/2014.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, y en la página oficial de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (http://www.seguridadvial.gov.ar), cumplido, archívese.

Pablo Julian Martinez Carignano

e. 01/12/2023 N° 97936/23 v. 01/12/2023

Fecha de publicación 01/12/2023