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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 965/2023

RESFC-2023-965-APN-D#APNAC

Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2023

VISTO el Expediente EX-2023-142650098-APN-DGA#APNAC, las Leyes Nros. 22.351, 27.701, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 132 de fecha 10 de febrero de 2020 y 328 de fecha 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 1.422 de fecha 6 de diciembre de 2016 y 4 de fecha 10 de enero de 2023 Distributiva del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, y las Resoluciones Nros. 410 de fecha 27 de diciembre de 2016 y RESFC-2023-915-APND#APNAC de fecha 29 de noviembre de 2023 del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del Directorio RESFC-2023-915-APN-D#APNAC de fecha 29 de noviembre de 2023, se prorrogaron con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, las designaciones transitorias de los agentes mencionados y con los alcances detallados en el Anexo IF-2023-133794823-APNDCYD#APNAC, el cual forma parte integrante de dicha medida.

Que entre las citadas prórrogas, se encuentra la del Intendente del Parque Nacional de Alta Complejidad Ansenuza dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones.

Que por un error involuntario de tipeo, en el Anexo IF-2023-133794823-APN-DCYD#APNAC, se consignó que el cargo de dicha intendencia es de Nivel C, Función Ejecutiva IV, cuando a la misma le corresponde, por ser un Parque Nacional de Alta Complejidad, el Nivel B, con Función Ejecutiva Nivel III, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/2008, del citado Convenio.

Que en consecuencia corresponde rectificar, en su parte pertinente el Anexo IF-2023-133794823-APNDCYD#APNAC, que forma parte integrante de la Resolución del Directorio RESFC-2023-915-APN-D#APNAC, a fin de consignar correctamente el Nivel y el Nivel de la Función Ejecutiva del cargo del Intendente [JD5] del Parque Nacional de Alta Complejidad Ansenuza, señor Matías Federico CARPINETTO.

Que asimismo, en el Expediente citado en el Visto también tramitan las prórrogas de diversas designaciones en los cargos de, Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera e Intendentes de los Parques Nacionales Islas de Santa Fé y Perito Moreno.

Que las prórrogas de designaciones transitorias se encuentran contempladas por el Artículo 2º, inciso b), del Decreto Nº 132/2020 que exceptúa a las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del Artículo 8° de la Ley Nº 24.156 de lo establecido en el Artículo 1º del Decreto mencionado.

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 328/2020 se autoriza a las máximas autoridades de los organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que por la Resolución del Directorio N° 410/2016 de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, se aprobó la estructura organizativa del segundo nivel operativo, se incorporaron, homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos, pertenecientes al referido Organismo.

Que mediante las Decisiones Administrativas detalladas en el Informe IF-2023-142781184-APNDCYD#APNAC, que como Anexo II, forma parte integrante de la presente, se designaron transitoriamente a los funcionarios de diversas Unidades de Gestión de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que por razones de índole operativa no se han podido tramitar los procesos de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a las Direcciones Nacionales y Generales de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que en atención a lo establecido por la Decisión Administrativa N° 4/2022 distributiva del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, aprobado por la Ley N° 27.701, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES cuenta con los cargos aludidos, y, por lo tanto, vacantes y financiados en el Presupuesto vigente, no constituyendo asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión certifica mediante la Nota NO-2023-142852409-APNDPYCG#APNAC, la existencia de crédito presupuestario necesario para afrontar el gasto resultante de la medida que se aprueba por la presente.

Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos han tomado las intervenciones de sus competencias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso u), de la Ley Nº 22.351 y el Artículo 1º del Decreto Nº 328/2020.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese, en su parte pertinente, el Anexo IF-2023-133794823-APN-DCYD#APNAC, que forma parte integrante de la Resolución del Directorio RESFC-2023-915-APN-D#APNAC, el Nivel de la Intendencia del Parque Nacional de Alta Complejidad, PARQUE NACIONAL ANSENUZA detallándose Nivel B Función Ejecutiva III.

ARTÍCULO 2º.- Prorróganse, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, las designaciones transitorias de los agentes mencionados y con los alcances detallados en el Anexo IF-2023- 142781184-APN-DCYD#APNAC, el cual forma parte integrante de la presente medida, autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que los cargos involucrados en el Artículo 2º deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 4°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 81 - Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

ARTÍCULO 5º.- Establécese que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones, se notifique en legal forma a los interesados y a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro del plazo de CINCO (5) días de dictada la presente.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Virginia Laura Gassibe - Carlos Corvalan - Claudio David Gonzalez - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/12/2023 N° 98616/23 v. 04/12/2023

Fecha de publicación 04/12/2023