BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7900/2023
30/11/2023
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: LISOL 1-1030, OPRAC 1-1219. Financiamiento al sector público no financiero. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- Establecer que, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, las operaciones con garantía prendaria o de locación financiera (“leasing”) sobre vehículos utilitarios y maquinarias susceptibles de inscripción en los registros nacionales de la propiedad del automotor, que no superen el monto equivalente a 2.000.000 Unidades de Valor Adquisitivo (“UVA”) al momento del acuerdo, no requerirán la autorización previa del Banco Central de la República Argentina en la medida de que cuenten con alguna de las garantías establecidas en el punto 4.1.1. de esas normas y sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de límites crediticios previstas en la Sección 6. de la citada normativa.
Cuando estas operaciones superen el valor antes citado, además se requerirá la intervención previa del Ministerio de Economía de la Nación –según lo previsto en el punto 4.1.2. de las citadas normas– y la posterior autorización de este Banco Central –de acuerdo con el procedimiento establecido en materia de pedidos de excepción en la Sección 4. de ese ordenamiento–.”
Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).
e. 04/12/2023 N° 98594/23 v. 04/12/2023
Fecha de publicación 04/12/2023