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9 de Mayo de 1957

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Disposición 517/2023

DI-2023-517-APN-SSPYME#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-41180059- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros. 22.317, 24.467 y sus modificatorias, 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, y 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y sus modificatorios, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución N° 216 de fecha 22 de mayo de 2023 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría del MINISTERIO DE ECONOMÍA incorporando a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO y, dependiente de ésta, a la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, con competencia para entender en la elaboración de programas nacionales para la capacitación y asistencia técnica de los cuadros gerenciales, técnicos y profesionales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que dicho Régimen fue reglamentado por el Decreto N° 819 de fecha 13 de julio de 1998 y sus modificatorios.

Que mediante el inciso b) del Artículo 25 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3° de la Ley N° 22.317 para la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES ($ 490.000.000).

Que, en razón de ese cupo anual, se dictó la Resolución Nº 216 de fecha 22 de mayo de 2023 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA que rige la Convocatoria para la Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2023, en el marco del Programa de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa, bajo el Régimen de Crédito Fiscal instituido por la Ley Nº 22.317 y sus modificatorias.

Que el Artículo 5° de la referida resolución faculta a la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a ejecutar el mencionado Programa de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa.

Que, mediante el dictado de la Disposición N° 479 de fecha 9 de octubre de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se efectuó la primera asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto total de PESOS CIENTO VEINTISÉIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 126.739.186,80).

Que, en función de ello, para esta segunda asignación queda disponible un cupo de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS TRECE CON VEINTE CENTAVOS ($ 363.260.813,20), para la aprobación de proyectos presentados bajo el Régimen de Crédito Fiscal instituido por la Ley N° 22.317 y sus modificatorias.

Que, en el marco de dicha convocatoria, las áreas técnicas pertinentes han evaluado los proyectos presentados, formalizando un total de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS (346) proyectos que cumplieron con las condiciones previstas en las Bases y Condiciones aprobadas por la Resolución precedentemente citada.

Que los proyectos formalizados se encuadran bajo la modalidad 1 - “CAPACITACIÓN DEL PERSONAL”, modalidad 3 - “CESIÓN DE GRANDES EMPRESAS Y/O MIPYMES A MIPYMES DE SU CADENA VALOR”, modalidad 4 - “CAPACITACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE GRUPOS ASOCIATIVOS MIPYMES” y modalidad 5 - “FORTALECIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA CAPACITACIÓN PYME”, incluyendo actividades de capacitación abiertas, cerradas y asistidas, y la incorporación de equipamiento y/o adecuación de instalaciones, conforme la tipificación efectuada en los Artículos 7.1, 7.3, 7.4, 7.5, 8.1, 8.2, 8.3, 9.g, 10, 11 y 12.1 del Anexo I de la mencionada resolución.

Que, a los efectos de la pre aprobación de los proyectos formalizados se ha confeccionado un orden de mérito de conformidad al puntaje de priorización recibido, conforme la aplicación de los criterios expresados en el Artículo 10 del Anexo I de la citada Resolución N° 216/23 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que de conformidad a los fundamentos expuestos mediante el informe IF-2023-141174094-APN-DDCP#MEC obrante en el expediente citado en el Visto, han sido pre aprobados TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS (346) proyectos.

Que, por lo expuesto, resulta oportuno proceder a la aprobación de dichos proyectos, con asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 361.684.391,37) para los Proyectos de Capacitación presentados y pre aprobados en el marco de la tipificación establecida en los Artículos 7.1, 7.3, 7.4, 7.5, 8.1, 8.2, 8.3, 10, 11 y 12.1 del Anexo I de la Resolución N° 216/23 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 22.317 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 819/98 y 50/19 y sus modificatorios, y la Resolución N° 216/23 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los Proyectos de Capacitación presentados por las empresas que se detallan en el Anexo, que como IF-2023-142152570-APN-DNGYPP#MEC forma parte integrante de la presente medida, acorde a lo establecido en los Artículos 7.1, 7.3, 7.4, 7.5, 8.1, 8.2, 8.3, 10, 11 y 12.1 del Anexo I de la Resolución N° 216 de fecha 22 de mayo de 2023 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMIA del MINISTERIO DE ECONOMIA, los cuales acceden al Régimen de Crédito Fiscal por los montos de reintegro allí consignados.

ARTÍCULO 2º.- Asígnase un cupo de Crédito Fiscal por un monto total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 361.684.391,37) para los Proyectos de Capacitación aprobados por el Artículo 1º de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- La presente disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Tomas Bernardo Canosa Argerich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/12/2023 N° 98867/23 v. 05/12/2023

Fecha de publicación 05/12/2023