ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA COLÓN
“Se pone en conocimiento del Sr. Fabrizio Gabriel RIVERO TOULIER, C.I. R.O.U. Nº 2.812.095-5, que en el marco de la Actuación Nº 12459-19-2023 (013-DN-7-2023/2), se ha dispuesto el ARCHIVO de la misma por la presunta comisión de la infracción prevista y penada en el art. 979 ap. 1 del Código Aduanero, Ley Nº 22.415 (conf. Punto 1 del ap. “D” y ap. “E” de la IG-2023-2-E-AFIP-DGADUA). Se le hace saber al nombrado que dentro del término perentorio de TREINTA (30) días hábiles de la publicación del presente, y previo pago de los tributos liquidados, podrá retirar la mercadería involucrada en el estado en que se encuentra, bajo apercibimiento de tener a la misma por abandonada a favor del Estado Nacional, poniéndola inmediatamente a disposición de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y/o, en su defecto, ordenar su COMERCIALIZACIÓN conforme al trámite previsto en la Ley Nº 25.603 y -supletoriamente- en los arts. 429, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), en los casos que corresponda, sin perjuicio de efectuar su DESTRUCCIÓN si resultare no apta o prohibida su comercialización (arts. 448 y 451 de mismo cuerpo legal); todo ello dando pleno cumplimiento a las normas vigentes de aplicación (conf. ap. “I” de la Instrucción General citada). Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón- Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-
Hugo Ramón Marsilli, Administrador de Aduana.
e. 05/12/2023 N° 98947/23 v. 05/12/2023
Fecha de publicación 05/12/2023