ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1912/2023
RESOL-2023-1912-APN-ENACOM#JGM FECHA 01/12/2023 ACTA 93
EX-2023-137674450-APN-DNSA#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Autorizar al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA un servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital de televisión 31.1 de la banda de UHF, con categoría D, radio del área primaria de servicio asignada 52,6 kilómetros, formato de servicio full HD 1080, tasa de transmisión hasta 12 Mbit/s, con una restricción de radiación consistente en una reducción de 6 dB E/(005-065)°, con ubicación en la ciudad de SALTA, provincia homónima y en carácter de autorizado operador, conforme la definición contenida en la Norma Nacional de Servicio para el Servicio de Comunicación Audiovisual de Televisión Digital Terrestre Abierta. 2.- Dentro de los 180 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá cumplimentar los requisitos técnicos tendientes a la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares. En el proyecto técnico definitivo deberán subsanarse las observaciones contenidas en el informe identificado como IF-2023-141199890-APN-DNAYRT#ENACOM. 3.- La autorizada asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 4.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 5.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 06/12/2023 N° 99730/23 v. 06/12/2023
Fecha de publicación 06/12/2023