Edición del
8 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD

Disposición 12/2023

DI-2023-12-APN-SES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2023

VISTO el Expediente Electrónico EX-2021-94820770- -APN-SGA#MS, Contrato de Préstamo BIRF 8853/AR “Apoyo del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva en Argentina”, Decreto Nº 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, Decreto N° 1130 de fecha 12 de diciembre de 2018, Decreto Nº 223 de fecha 28 de marzo de 2021, Decisión Administrativa N° 891/2022 de fecha 12 de septiembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Internacional AR-MSAL-200454-GO-RFB, para la “Adquisición de Angiógrafos, Ecógrafos Doppler Color institucional y Ecógrafos Doppler Color Institucional con Sonda Transesofágica”, en el marco del Proyecto “Apoyo del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva en Argentina”, Contrato de Préstamo BIRF N° 8853-AR.

Que mediante el Decreto Nº 1130/2018 se aprobó el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 8853-AR a fin de cooperar en la ejecución del “Apoyo del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva en Argentina”, mientras que en su artículo 4 designó al entonces MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, o cualquier sucesor de éste, como “Organismo Ejecutor”, quedando facultado a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Proyecto.

Que, con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa a través del Decreto Nº 223/2021, estableciéndose, entre otros, los objetivos de la actual SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

Que, por la Decisión Administrativa Nº 891/2022, se sustituyó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, estableciendo la responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de “coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financiera-presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación internacional”.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES, por NO-2021-90101637-APN-DNAIENT#MS, solicitó la adquisición 8 (ocho) Angiografos, 90 (noventa) Ecógrafos Doppler Color institucional para exámenes cardiovasculares, 10 (diez) Ecógrafos Doppler Color institucional para exámenes cardiovasculares con sonda transesofágica, con un presupuesto estimado en DÓLARES ESTADOUNIDENSES ONCE MILLONES DOSCIENTOS MIL (USD 11.200.000,00).

Que tratándose de un Proceso de Revisión Ex Ante, el Banco Mundial otorga la No Objeción a los Documentos de Licitación en el marco del Proceso AR-MSAL-200454-GO-RFB (IF-2022-55520666-APN-DGPFE#MS).

Que en ese sentido y con la conformidad del área requirente, se elaboró el Pliego (PLIEG-2022-58383961-APNDGPFE#MS) que rige el presente proceso.

Que, se ha dado debida publicidad y difusión al presente proceso, conforme surge del anuncio especifico de adquisiciones (IF-2022-58414222-APN-DGPFE#MS), en el UNDB (IF-2022-60405118-APN-DGPFE#MS) y Boletín Oficial de la República Argentina (IF-2023-59578659-APN-DCYC#MS).

Que por Enmienda (IF-2022-95354257-APN-DGPFE#MS), debidamente publicada, se establece una nueva fecha de apertura.

Que, con fecha 29 de septiembre de 2022 se llevó a cabo el Acto de Apertura de Ofertas (IF-2022-103911097- APN-DGPFE#MS) dejando constancia de la recepción de SIETE (7) ofertas correspondientes a las firmas: GE PRECISION HEALTHCARE LLC, CHISON MEDICAL THECNOLOGIES CO, LTD; SIEMENS HEALTHCARE S.A. Y SIEMENS GMBH; VINNO TECHNOLOGY (SUZHOY) CO. LTD; PHILLIPS MEDICAL SYSTEMS NEDERLAND B.V.; ALTHEA S.P.A.; CANON MEDICAL SYSTEMS ARGENTINA S.A. Y CANON MEDICAL SYSTEMS CORPORATION.

Que mediante NO-2023-29821087-APN-SSAF#MS la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL, con fundamento en el surgimiento de nuevas necesidades de equipamiento por parte de las jurisdicciones, solicitó a la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD evaluar la ampliación de los lotes del proceso AR-MSAL-200454-GO-RFB en las siguientes cantidades: Lote N° 1, 1 (un) angiografo; Lote N° 2, 13 (trece) Ecógrafo Doppler Color institucional para exámenes cardiovasculares; Lote N° 3, 1 (un) Ecógrafo Doppler Color institucional para exámenes cardiovasculares con sonda transesofágica.

Que la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD mediante NO-2023-31857282-APN-SAS#MS prestó su conformidad al incremento de cantidades requeridas por la Subsecretaría arriba mencionada.

Que, la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS realizó la evaluación técnica (IF-2023-27260455- APN-DCYC#MS) mediante la cual expresan “no conformidad” de las ofertas presentadas por las firmas CHISON MEDICAL TECHNOLOGIES CO (Lote 1 y 2) y CANON MEDICAL SYSTEMS CORPORATION Y CANON MEDICAL SYSTEMS ARGENTINA (Lote 1).

Que, como el resultado de dicha evaluación, se emitió el Informe de Evaluación de las Ofertas y Recomendación de Adjudicación (IF-2023-82408137-APN-DCYC#MS) mediante el cual se recomienda la adjudicación del: Lote N° 1 a la firma PHILIPS MEDICAL SYSTEMS NEDERLAND B.V. por la cantidad de nueve (9) Angiografos Digital Monoplanar por un monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 03/100 (USD 6.140.958,03.-); Lote N° 2 a la firma ALTHEA S.p.A. por la cantidad de ciento tres (103) Ecógrafos Doppler color Institucional para exámenes cardiovasculares para exámenes cardiovasculares por un monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CON 62/100 (USD 1.574.700,62.-); Lote N° 3 a la firma GE PRECISION HEALTHCARE LCC por la cantidad de once (11) Ecografos Doppler color Institucional para exámenes cardiovasculares con sonda transesofágica por un monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS QUINCE MIL con 00/100 (USD 715.000,00); todos ellos incluyen los servicios conexos e IVA.

Que el Banco Mundial otorgó su No Objeción al Informe de Evaluación de las Ofertas y Recomendación de Adjudicación, como así también a la aplicación de la cláusula de ampliación de cantidades al momento de adjudicar, en el marco del Proceso AR-MSAL-200454-GO-RFB (IF-2023-86371432-APN-DCYC#MS).

Que corresponde desestimar las ofertas de las firmas CHISON MEDICAL TECHNOLOGIES CO (Lote 1 y 2) por no cumplir con las exigencias técnicas establecidas en el pliego para los ITEMS 26, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 37, 38, 40, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 52, 54, 58, y a la firma CANON MEDICAL SYSTEMS CORPORATION Y CANON MEDICAL SYSTEMS ARGENTINA (Lote 1) por no cumplir con las exigencias técnicas establecidas en el pliego para el ITEM 114.

Que mediante PV-2023-101876664-APN-DGPYCP#MS la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO ha tomado intervención en el marco de su competencia.

Que la SECRETARIA DE ACCESO A LA SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que ha tomado intervención la SECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA, de conformidad a lo establecido en el artículo 1° del Decreto Nº 945/2017.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud del Contrato de Préstamo BIRF 8853-AR, Decreto N° 945/2017, Decreto N° 223/2021.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL CONTRATO BIRF 8853-AR “APOYO DEL PROYECTO DE COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD EFECTIVA EN ARGENTINA”

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. – Apruébase el proceso de Licitación Pública Internacional (AR-MSAL-200454-GO-RFB), para la “Adquisición de Angiógrafos, Ecógrafos Doppler Color institucional y Ecógrafos Doppler Color Institucional con Sonda Transesofágica”, en el marco del Proyecto “Apoyo del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva en Argentina”, Contrato de Préstamo BIRF N° 8853-AR, el cual se llevó a cabo conforme las Regulaciones de Adquisiciones en Operaciones de Financiamiento para Proyectos de Inversión, Bienes, Obras, Servicios de No-Consultoría y Servicios de Consultoría (noviembre 2020).

ARTÍCULO 2º.- Desestimase las ofertas de las firmas CHISON MEDICAL TECHNOLOGIES CO, CANON MEDICAL SYSTEMS CORPORATION Y CANON MEDICAL SYSTEMS ARGENTINA, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTICULO 3°.- Téngase por desistida la oferta de la firma SIEMENS HEALTHCARE GMBH por no haber prorrogado la validez de su oferta.

ARTÍCULO 4º.- Adjudicase el Lote N° 1 a la firma PHILIPS MEDICAL SYSTEMS NEDERLAND B.V. por la cantidad de 9 (nueve) Angiografos Digital Monoplanar por un monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 03/100 (USD 6.140.958,03.-); Lote N° 2 a la firma ALTHEA S.p.A. por la cantidad de 103 (ciento tres) Ecógrafos Doppler color Institucional para exámenes cardiovasculares para exámenes cardiovasculares por un monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CON 62/100 (USD 1.574.700,62.-); Lote N° 3 a la firma GE PRECISION HEALTHCARE LCC por la cantidad de 11 (once) Ecografos Doppler color Institucional para exámenes cardiovasculares con sonda transesofágica por un monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS QUINCE MIL con 00/100 (USD 715.000,00); todos ellos incluyen los servicios conexos e IVA.

ARTÍCULO 5°.- Apruebase el modelo de Contrato que como Anexo (IF-2023-86379731-APN-DCYC#MS) forma parte integrante de la medida.

ARTÍCULO 6°. – El presente gasto, que asciende a la suma total de DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON (USD 8.430.658,65.-) deberá ser imputado a la Categoría Programática 47.0.0.41.0 IPP 4.3.3 FF 22 conforme el siguiente detalle: para el ejercicio 2023 DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y TRES (USD 2.847.969,53.-) y para el ejercicio 2024 DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 12/100 (USD 5.582.689,12).

ARTÍCULO 7°. - Comuníquese, Publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victor Alberto Urbani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/12/2023 N° 99892/23 v. 06/12/2023

Fecha de publicación 06/12/2023