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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 5609/2023

RESFC-2023-5609-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 07/12/2023

VISTO, el Expediente Nº EX-2023-145650391- -APN-DNCYF#INAES

Considerando:

Que mediante Resolución Nº 1919/2022 del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO y ECONOMÍA SOCIAL, se aprobó el Programa Moratoria para la regularización de cooperativas y mutuales de primer grado, habiéndose establecido el plazo de tres meses para su realización.

Que mediante Resolución N° 3947/2022 se estableció una prórroga por tres meses más.

Que se han adherido al mencionado programa un total de 446 de entidades.

Que de ese universo, las que han cumplido con los recaudos establecidos en la resolución han finalizado satisfactoriamente su trámite, advirtiéndose que aún existen cooperativas y mutuales que no han dado cumplimiento con los requisitos antes mencionados, a pesar de haberle sido requerido en diversas oportunidades.

Que en consecuencia, estando finalizado el plazo fijado en la Resolución 1919/2022 y su prórroga mediante Resolución 3947/2022, corresponde dar por decaído el derecho a la prosecución del trámite de acogimiento al mencionado programa por parte de las cooperativas y mutuales que habiéndose adherido no hayan cumplido con los recaudos exigidos.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado intervención con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nª 19.331, 20321, 20.337 y los Decretos Nª 420/96, 721/00 y 1192/02.

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dase por decaído el derecho a la adhesión al Programa moratoria para la regularización de cooperativas y mutuales de primer grado establecido en la Resolución Nº 1919/2022, según se detalla en anexo identificado como IF-2023-145668214-APN-DNCYF#INAES, a las entidades que habiendo siendo notificadas por ésta Dirección Nacional de Fiscalización y Cumplimiento y que no cumplan en un plazo de 10 (diez) días con la información sobre la fecha en que llevarán a cabo la asamblea.

ARTÍCULO 2º.- Instrúyase a las unidades competentes de la Dirección Nacional de Cumplimiento y Fiscalización para que impulsen las acciones sumariales correspondientes a las entidades que se mencionan en el Anexo identificado como IF-2023-145668214-APN-DNCYF#INAES

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese.

Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio Nestor Laucirica - Alexandre Roig

e. 08/12/2023 N° 101143/23 v. 08/12/2023

Fecha de publicación 08/12/2023