INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
Resolución 3043/2023
RESOL-2023-3043-APN-INT#MC
Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-126928928- -APN-DAF#INT, las Leyes N° 25.164 y N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021 y 103 del 2 de marzo de 2022, la Resolución N° RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución Nº RESOL-2022-775-APN-INT#MC del 20 de mayo de 2022 y su modificatoria Nº RESOL-2022-822-APN-INT#MC del 31 de mayo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio N° 103 del 2 de marzo de 2022, se homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) suscripta el 26 de mayo de 2021 entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).
Que por la cláusula tercera del Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologada por Decreto N° 103/2022 se dispuso sustituir la redacción de la cláusula tercera del acta acuerdo de fecha 26 de mayo de 2021 homologada por el Decreto N° 415/21 por la siguiente “Por única vez y hasta el 31 de diciembre del año 2023, el personal permanente comprendido en el presente convenio colectivo de trabajo sectorial que reuniera los requisitos para el acceso a un Nivel Escalafonario superior y hasta un máximo de dos niveles, podrá solicitar su reubicación manifestando por escrito su intención, conforme al régimen de valoración para la promoción por evaluación y mérito que el Estado Empleador establezca, previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Co.P.I.C. El Estado Empleador podrá disponer el cambio de Nivel Escalafonario, mediante la conversión del cargo siempre que se contara con los respectivos créditos presupuestarios en cada jurisdicción u organismos descentralizado, según corresponda. En todos los casos, se valorará especialmente a quiénes hayan accedido a los Tramos más elevados…”.
Que, elaborada la propuesta de reglamentación en los términos del acta citada, la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), se ha expedido favorablemente mediante el Acta N° 172 del 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022-16064393-APN-COPIC), la que fue aprobada por Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM del 22 de marzo de 2022.
Que a través del Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/2008, que revista en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.
Que la unidad a cargo de las acciones de personal del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2° del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, mediante NO-2022-34373702-APN-CRRHHO#INT.
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2022-775-APN-INT#MC del 20 de mayo de 2022 y su modificatoria Nº RESOL-2022-822-APN-INT#MC de fecha 31 de mayo de 2022 se dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/2008, se designó a los integrantes del Comité de Valoración, y se designó al/ a la Secretario/a Técnico/a Administrativo/a.
Que la agente Lucía JEREZ, CUIL 27-17446151-7 de la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, quien revista actualmente en el Nivel D del Agrupamiento General, Grado 4, Tramo General del Sistema Nacional de Empleo Público, se postuló de conformidad con el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para ascender al Nivel C al que postuló del Agrupamiento General del SINEP.
Que en oportunidad de suscribir el formulario de certificación de cumplimiento de requisitos e identificación del puesto -FCCRH- la unidad a cargo de las acciones de personal considera que en caso de aprobarse la promoción vertical, la trabajadora debe ser designada en el puesto de Asistente de planificación e implementación de políticas públicas con orientación en gestión integral para el fomento del quehacer teatral provincial del Nomenclador de Puestos y Funciones del Sistema Nacional de Empleo Público.
Que mediante el Acta N° 7 de fecha 27 de noviembre de 2023 (IF-2023-140791851-APN-CRRHHO#INT) el comité de valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito de este organismo se ha expedido favorablemente respecto del cumplimiento de los requisitos del nivel y agrupamiento al que postulara la agente Lucía JEREZ.
Que el titular del Servicio Administrativo Financiero ha certificado la existencia de crédito presupuestario en el ejercicio presupuestario en curso para efectivizar la medida.
Que de conformidad con las previsiones del Artículo 31 del Convenio Colectivo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto N° 2098/2008, la unidad a cargo de las acciones de personal ha determinado que corresponde que se asigne a la trabajadora el Grado 5 y Tramo General.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas de la Ley N° 24.800, en el Artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, y en la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM del 22 de marzo de 2022.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado por el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito conformado por la Resolución Nº RESOL-2022-775-APN-INT#MC y su modificatoria Nº RESOL-2022-822-APN-INT#MC, respecto de la postulación de la agente Lucía JEREZ, quien revista actualmente en la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO en un cargo nivel D del Agrupamiento General, Grado 4, Tramo General del Sistema Nacional de Empleo Público.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase a Lucía JEREZ, CUIL 27-17446151-7 de la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO a partir del dictado de esta medida, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito, aprobado en el Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo de planta permanente, Nivel C, Grado 5, Agrupamiento General, Tramo General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, asignándosele un puesto de Asistente de planificación e implementación de políticas públicas con orientación en gestión integral para el fomento del quehacer teatral provincial, dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la medida por el artículo segundo de la presente resolución, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO para el ejercicio 2023.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gustavo Ariel Uano
e. 08/12/2023 N° 100570/23 v. 08/12/2023
Fecha de publicación 08/12/2023