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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 2503/2023

RESOL-2023-2503-APN-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 07/12/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-92288092- -APN-DTA#SENNAF, la Ley N° 27.701; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus complementarios y modificatorios; el Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa N° 449 del 7 de mayo de 2021 y sus complementaria 1086 del 1° de noviembre de 2022; la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias; y las Resoluciones de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 del 27 de mayo de 2021, N° 85 del 10 de mayo de 2022, Nº 94 de fecha 1° de marzo de 2023, N° 41 de fecha 8 de febrero de 2023 N° 168 del 5 de mayo de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.701 se aprobó el presupuesto general de la Administración Nacional para el ejercicio 2023.

Que por la Decisión Administrativa N° 1086/22 (DECAD-2022-1086-APN-JGM) se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023 lo dispuesto por su similar, DECAD-2021-449-APN-JGM, por la que se incorporaron y asignaron cargos vacantes a la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con el fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los correspondientes procesos de selección de personal a realizarse con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.

Que mediante la Resolución SGP N° 39/10 y su modificatoria, se aprobó el “Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”.

Que por la Resolución SGYEP N° 85/22 (RESOL-2022-85-APN-SGYEP#JGM), se dio inicio al proceso para la cobertura de SEISCIENTOS TREINTA Y UN (631) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, detallados en el Anexo I (IF-2021-101333604-APN-DPSP#JGM) y se designó a los integrantes del Comité de Selección y al Coordinador Concursal, conforme con lo establecido por el artículo 14º del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 94 de fecha 1° de marzo de 2023, se designó nuevo Coordinador Concursal.

Que conforme lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados N° 22.431 y sus modificatorios, corresponde llevar a cabo los procesos de selección respecto de los cargos reservados para ser ocupados exclusivamente por personas con discapacidad.

Que, a través de la Resolución SGYEP N° 41 de fecha 8 de febrero de 2023, se aprobaron las Bases del Concurso y el Llamado a Convocatoria para la cobertura de VEINTICINCO (25) cargos vacantes y financiados de la planta permanente de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA de acuerdo con el detalle obrante en los Anexos I (IF-2023-10392406-APN-DPSP#JGM) y II (IF-2023-10970080-APN-DPSP#JGM).

Que el Comité de Selección Nº 2 en el marco de sus competencias, aprobó las grillas de valoración de antecedentes, ratificó las actas de Evaluación de Antecedentes Laborales; Curriculares y de Evaluación Técnica.

Que, posteriormente, mediante la Resolución SGYEP N° 168/23, se aprobaron los Órdenes de Mérito elevados por el Comité de Selección Nº 2 y se declararon los cargos desiertos correspondientes al presente proceso, de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo I IF-2023-43479680-APN-DPSP#JGM), y Anexo II (IF-2023- 43480810-APN-DPSP#JGM), consecutivamente.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 de fecha 27 de mayo de 2021 se dispuso que, previo a iniciar una designación en planta permanente producto de la sustanciación de procesos de selección, se deberá incluir en el expediente que la tramita, los informes de dotación, incompatibilidad y Retiro Voluntario elaborados por las áreas pertinentes de la mencionada Secretaría.

Que el artículo 3° del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios, establece que la designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas Jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno.

Que en virtud de lo establecido por artículo N° 129 del Decreto N° 2098/08, y modificatorios, tramita la promoción de los agentes detallados en el Anexo IF-2023-106763279-APN-DTA#SENNAF, que forma parte de la presente Resolución, con carácter transitorio hasta que se den por cumplidas las exigencias para obtener el título secundario.

Que, en las actuaciones citadas en el visto, tramita la promoción con carácter transitorio en el cargo de planta permanente de los agentes, detallados en el ANEXO identificado IF-2023-106763279-APN-DTA#SENNAF, pertenecientes a la planta permanente de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, que se encuentra alcanzada por las previsiones del artículo 129° del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, por no reunir el requisito mínimo de posesión de título de nivel educativo secundario exigido en las Bases del presente proceso de selección de personal, habiendo asumido oportunamente el compromiso de completar sus estudios de nivel secundario de conformidad con lo establecido en el artículo citado.

Que, asimismo, de conformidad con el art. 129 del Decreto N° 2098/08 se le concede sin más trámite, a los agentes involucrados licencia especial sin goce de haberes en sus cargos de origen, por cuanto revisten bajo el régimen de estabilidad.

Que, por cuestiones de índole administrativas, fueron tramitadas por expedientes separados las designaciones en los cargos de planta permanente de aquellos agentes, que actualmente, se desempeñan en otras modalidades de revista.

Que mediante todas las tramitaciones quedarán designados en su totalidad los agentes incluidos en el Orden de Mérito de los perfiles “Asistente de Soporte Administrativo” y “Asistente de Servicios a la Ciudadanía con Orientación en Estrategias de Abordaje en Problemáticas Sociales de Niñez, Adolescencia y Familia”, ambos de Nivel C aprobado por Resolución SGYEP N° 168/23 habiendo respetado, sin perjuicio de la tramitación separada, el lugar obtenido en cada caso.

Que, asimismo, para la promoción del personal que revista en la planta permanente se ha determinado la asignación del grado correspondiente conforme el artículo 31° del Convenio Colectivo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/2008 y modificatorios.

Que el ÁREA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se adopta en consideración de las atribuciones establecidas por la Ley de Ministerios y sus modificatorias, los Decretos N° 689/2022 y N° 103/2022 y la Resolución SGyEP N° 53/22 y modificatoria.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por promovidos transitoriamente, a los agentes de planta permanente que se consignan en el Anexo (IF-2023-106763279-APN-DTA#SENNAF), que forma parte de la presente, en los Niveles, y Grados, allí detallados conforme al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus complementarios y modificatorios, en la unidad organizativa que se detalla, hasta que den por cumplidas las exigencias establecidas por el artículo 129º del mencionado convenio.

ARTÍCULO 2°.- Concédase a los agentes de planta permanente que se consignan en el Anexo (IF-2023-106763279-APN-DTA#SENNAF), que forma parte de la presente, licencia especial sin goce de haberes en sus cargos de origen hasta que den por cumplidas las exigencias establecidas por el artículo 129º del mencionado convenio o se produzca el vencimiento del plazo allí establecido.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a las partidas específicas asignadas a la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA de la jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Victoria Tolosa Paz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/12/2023 N° 101172/23 v. 09/12/2023

Fecha de publicación 09/12/2023