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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA POSADAS

CÓDIGO ADUANERO LEY 22.415 -ARTÍCULO 1013 INC. h)

POSADAS, 13 de diciembre del 2023

Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía (art. 1005) deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, (art. 1001), bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia del art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente.

Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción al art. 977, a que en el perentorio plazo de diez (10) días, previo depósito en autos del monto de la multa mínima pretendida, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia lo pondrá a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985, 986, 987, 863, 865 y 874 ap. 1 de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación.

Firmado: abog. RICARDO DANIEL KOZA, Administrador (I) de la Aduana de Posadas.

SC46-IMPUTADODOC. IDENTIDADMULTAINFRACCION
1087-2022/1ESPINOZA MANZANO SUGEY COROMOTOPASAPORTE VEN N° 068935650$ 252.146,21970
355-2023/1PIRIS CARDOZO JUNIOR MIGUELCIP 5.569.037$ 260.906.025,52864-866-871
271-2023/1ELVIO RAMÓN GOMEZ FRETEZDNI 95.446.130$ 89.093.505,56864-865-866
660-2023/8ZACARÍAS NATALIA CAROLINADNI 40.341.776$ 202.558,25985
659-2023/9FERREYRA CARINA SOLEDADDNI 38.264.654$ 287.415,18985
650-2023/KFRANCISCO LOZANO ARGOTEDNI 93.945.056$ 1.161.496,19986
608-2023/KORTIGOZA RODRÍGUEZ HUGO EVERDNI 94.897.351$ 387.221,05987
618-2023/8BORDA ROBERTO MIGUELDNI 24.619.436$ 310.609,02985
607-2023/1ZACARÍAS JOSÉDNI 31.141.663$ 419.916,92985
658-2023/0LESCANO ELIAS EMILIODNI 41.859.487$ 957.162,94987
655-2023/6CALVAO RICARDO EZEQUIELDNI 37.667.556$ 644.622,05987
656-2023/4LESCANO ELIAS EMILIODNI 41.859.487$ 542.042,14987
624-2023/8FLORENTÍN JOSÉ MARÍADNI 95.722.815$ 1.224.825,00970
669-2023/7SILVERO ENZO ARIELCIP 3.996.228$ 727.666,70863-947
639-2023/2BAE SUAREZ ELADIO JAVIERCIP 5.062.855$ 299.672,80863-947
637-2023/6MACIEL KETRMANN DIEGO ARNALDOCIP 4.735.794$ 778.622,40979

E/E Adelfa Beatriz Candia, Jefa de Sección.

e. 27/12/2023 N° 105178/23 v. 27/12/2023

Fecha de publicación 27/12/2023