MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decisión Administrativa 3/2023
DA-2023-3-APN-JGM - Licitación Pública N° 39-0033-LPU23.
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2023
VISTO los Expedientes N° EX-2023-137289719-APN-DAFI#PNA y su asociado N° EX-2023-15507458-APN-DMAT#PNA, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por los Expedientes citados en el Visto tramita la Licitación Pública N° 39-0033-LPU23 de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, autorizada por la Resolución N° 800 del 15 de noviembre de 2023 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a los efectos de contratar la reparación integral del Buque de Salvamento PNA SB-15 “TANGO” de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
Que, asimismo, por la mencionada resolución se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente a la precitada licitación.
Que el referido procedimiento se encuadra en la figura de la Licitación Pública de Etapa Única Nacional, Sin Modalidad, acorde con los artículos 25, inciso a) apartado 1 y 26, inciso a) apartado 1 e inciso b) apartado 1 del Decreto Nº 1023/01 y los artículos 10, 13 y 27, inciso c) del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16 y sus normas complementarias y modificatorias.
Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Que del Acta de Apertura de fecha 4 de diciembre de 2023 surge la presentación de la oferta de la firma ASTILLERO TECNAO S.R.L.
Que la Dirección del Material de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA efectuó el correspondiente Informe Técnico, mediante el cual señaló que la oferta presentada por dicha firma para el Renglón N° 1 cumple técnicamente en un todo con lo exigido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, siendo su precio conveniente y normal en plaza.
Que la Comisión Evaluadora de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, en función de los análisis administrativos, económicos, financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 12 de diciembre de 2023, el cual, luego de difundido, no fue impugnado.
Que conforme a lo expuesto en el mencionado Dictamen de Evaluación de Ofertas, se aconsejó adjudicar a la firma ASTILLERO TECNAO S.R.L. el Renglón Nº 1 por única oferta económica, ajustarse a lo solicitado y ser su precio conveniente, por la suma de PESOS MIL QUINCE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($1.015.900.000).
Que corresponde proceder a la designación de los integrantes de la COMISIÓN DE RECEPCIÓN, acorde a lo dispuesto por el artículo 84 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Que la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA informó que se cuenta con el crédito presupuestario suficiente para afrontar la erogación que demande la referida contratación.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Asuntos Jurídicos de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 39-0033-LPU23 de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, llevada a cabo para la reparación integral del Buque de Salvamento PNA SB-15 “TANGO”.
ARTÍCULO 2º.- Adjudícase el Renglón N° 1 de la Licitación Pública N° 39-0033-LPU23 de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a la firma ASTILLERO TECNAO S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-57027650-2) por la suma de PESOS MIL QUINCE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($1.015.900.000).
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a las partidas específicas de la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD, Subjurisdicción 41.06 - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase a los integrantes de la Comisión de Recepción, la que estará constituida por sus miembros titulares: el Prefecto CARLOS GUSTAVO BERNARDEZ (D.N.I. N° 27.310.830), el Prefecto CLAUDIO DANIEL PONCE (D.N.I. N° 27.111.445) y el Prefecto RICARDO MARTIN QUIROGA (D.N.I. N° 13.407.499) y como miembros suplentes el Prefecto FEDERICO ROBERTO COCCIA CARBALLIDO (D.N.I. N° 27.332.389), el Subprefecto EMILIANO JEREMÍAS ORTIZ (D.N.I. N° 32.834.043) y el Oficial Principal MAXIMILIANO LEONEL MACAINE (D.N.I. N° 32.895.284).
ARTÍCULO 5º.-Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.
ARTÍCULO 6°.- Autorízase al Jefe de la Unidad Operativa de Contrataciones de la Dirección de Administración Financiera de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a emitir la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la Ministra de Seguridad a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario o cocontratante, respecto de la contratación que por este acto se aprueba, así como también a renegociar y suscribir cualquier otro acto relativo a la ejecución del contrato.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Posse - Patricia Bullrich
e. 02/01/2024 N° 107053/23 v. 02/01/2024
Fecha de publicación 02/01/2024