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8 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 5/2024

RESOL-2024-5-APN-MI

Ciudad de Buenos Aires, 04/01/2024

VISTO el Expediente N° EX-2023-152935380- -APN-RENAPER#MI de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio, la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 27.431, los Decretos Nº 1501 de fecha 20 de octubre de 2009, y la Resolución N° 266 de fecha 15 de julio de 2019 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 5° de la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, el Director Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, tiene entre sus atribuciones proponer a este Ministerio las tasas para el cobro de los servicios que preste dicho organismo.

Que asimismo, el artículo 29 de la ley referida en el considerando precedente establece que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS percibirá por la expedición de documentos, certificados, testimonios, reproducciones, etcétera, las tasas que correspondan, proponiendo a este Ministerio, para su resolución, la actualización de las mismas, así como la inclusión o eliminación de conceptos.

Que el artículo 94 de la Ley N° 27.431 establece que los recursos que ingresen a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS en virtud de la prestación del servicio de validación de datos, identidad y biometría por vía web, de conformidad con los convenios que ésta suscriba, serán afectados a la modernización y fortalecimiento institucional.

Que a su vez, por el Decreto Nº 1501/09 se autorizó a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a utilizar tecnologías digitales en la identificación de los ciudadanos nacionales y extranjeros, como así también en la emisión del Documento Nacional de Identidad.

Que haciendo uso de la tecnología y de las diferentes aplicaciones informáticas desarrolladas por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, dicho organismo presta el servicio de validación de identidad a distancia y presencial, en tiempo real, a través del Sistema de Identidad Digital (SID).

Que en dicho marco, resulta oportuno actualizar los servicios prestados por el Sistema de Identidad Digital (SID) aprobando la incorporación de nuevos servicios y reformulando los conceptos ya existentes.

Que por el Decreto Nº 744 de fecha 29 de octubre de 2019 se autorizó a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, a emitir en forma adicional al Documento Nacional de Identidad en formato tarjeta, la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes (DNI en el celular), que consiste en la réplica exacta de los datos de identificación del Documento Nacional de Identidad en formato tarjeta, como parte integrante de la Plataforma Digital del Sector Público Nacional.

Que asimismo, por la Disposición N° 1056 de fecha 22 de octubre de 2020 de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, se implementó el Certificado de Pre-Identificación para todas aquellas personas que hubieran nacido en territorio argentino, y que carezcan del Documento Nacional de Identidad por no contar con el Acta de Nacimiento, por encontrarse vencidos los plazos previstos en el artículo 28 de la Ley N° 26.413 y sus modificatorias.

Que el artículo 4º del Decreto 724 de fecha 31 de octubre de 2022 instruyó a esta cartera ministerial a incorporar en el citado Cuadro Tarifario que por la presente se apruebe, el ítem correspondiente a la fabricación de las Credenciales Diplomáticas, No Diplomáticas, Consulares, de Misiones Especiales y de Organismos Internacionales.

Que atento a lo expuesto, resulta pertinente incorporar al Cuadro Tarifario de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS la tarifa correspondiente a los servicios referidos.

Que por otro lado, y a los fines de sostener la eficiente prestación de los servicios brindados por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, corresponde actualizar las tasas que se perciben por los mismos.

Que en tal sentido, se considera necesario dejar sin efecto el artículo 2° de la Resolución N° 266/19 de este Ministerio, por el que se aprobó el “CUADRO TARIFARIO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS aplicable en el Territorio Nacional”, que como Anexo N° IF-2019-58931525-APN-RENAPER#MI forma parte integrante de dicha medida, y aprobar el nuevo Cuadro Tarifario.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias establece entre las competencias de este Ministerio la de entender en la organización, conducción y control de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso f) del artículo 5° y por el artículo 29 de la Ley N° 17.671 y sus modificatorias y por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Déjase sin efecto el artículo 2º de la Resolución Nº 266 de fecha 15 de julio de 2019 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el nuevo CUADRO TARIFARIO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS aplicable en el Territorio Nacional, que como Anexo N° IF-2023-154481041-APN-RENAPER#MI forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°. - La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Francos

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/01/2024 N° 620/24 v. 08/01/2024

Fecha de publicación 08/01/2024