Edición del
3 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 33/2024

DECTO-2024-33-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2024

VISTO el Expediente N° EX-2023-152755927-APN-DGDYL#MI, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios) estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario modificar la conformación organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR y los Objetivos de sus Secretarías y Subsecretarías.

Que, asimismo, procede establecer el ámbito jurisdiccional de actuación de los organismos desconcentrados y descentralizados del citado Ministerio.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el siguiente:

“VI. - MINISTERIO DEL INTERIOR

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

-SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS

SECRETARÍA DE INTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE INTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

- SUBSECRETARÍA DE TURISMO

- SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE

- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES”.

ARTÍCULO 2°.- Suprímense del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-154622383-APN-MI) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.

ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el siguiente:

“VI – MINISTERIO DEL INTERIOR

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

SECRETARÍA DE INTERIOR

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR)

COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE (CNAD)

ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD)”.

ARTÍCULO 6°.- Suprímense del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.

ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/01/2024 N° 1005/24 v. 09/01/2024

Fecha de publicación 09/01/2024