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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 23/2024

RESOL-2024-23-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 25/01/2024

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico N° 101761119/23 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que, asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que mediante Nota N° 93738980/23 de la GERENCIA DE ÁREA ENERGÍA NUCLEAR, de fecha 11 de agosto de 2023, la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó a esta ARN la Renovación del Registro de Operación de la Instalación Clase III, denominada “LABORATORIO HIDROMETALURGIA DEL URANIO”, ubicado en el Centro Atómico Constituyentes.

Que la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR recomienda dar curso favorable al otorgamiento de la Renovación del Registro de Operación de la instalación “LABORATORIO HIDROMETALURGIA DEL URANIO”, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa regulatoria de aplicación vigente.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS tomó conocimiento de las actuaciones y recomendó otorgar la Renovación del Registro de Operación de la Instalación “LABORATORIO HIDROMETALURGIA DEL URANIO”, ubicado en el Centro Atómico Constituyentes, solicitada por la CNEA.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios de material radiactivo el pago de la tasa regulatoria.

Que conforme a lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS - SECTOR FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR, la instalación “LABORATORIO HIDROMETALURGIA DEL URANIO”, no registra deuda en concepto de tasa regulatoria.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículos 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 24 de enero de 2024 (Acta N° 2),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar la Renovación del Registro de Operación, solicitado por la COMISIÓN NACIONAL ENERGÍA ATÓMICA, para la Instalación Clase III, denominada “LABORATORIO HIDROMETALURGIA DEL URANIO”, ubicada en Centro Atómico Constituyentes, que se adjunta como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese a CNEA en su carácter de Entidad Responsable. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

E/E Marina Di Giorgio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 29/01/2024 N° 3356/24 v. 29/01/2024

Fecha de publicación 29/01/2024