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14 de Marzo de 2019

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

Resolución 15/2024

RESOL-2024-15-APN-MCH

Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-04895476- -APN-DGD#MC, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su Decreto reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, la Ley N° 27.701, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, N° 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, N° 86 de fecha 26 de diciembre de 2023, la Decisión Administrativa N° 279 de fecha 2 de marzo de 2020 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de

la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Decreto N° 8/23 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°438/92) y sus modificatorios, y se incorporó, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que, asimismo, por el precitado Decreto se estableció que se consideran transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha, del entonces

MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al entonces MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

Que por la Decisión Administrativa N° 279/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado ex-Ministerio.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a General de Recursos Humanos dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del entonces MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, actual SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, dependencia bajo la órbita del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, Nivel A del CCTS del SINEP, con Función Ejecutiva Nivel I.

Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la Jurisdicción, resulta necesario proceder a la asignación de funciones con carácter transitorio en el mencionado cargo, hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098/08, y del Artículo 15, inciso a), del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que el Artículo 108 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098/08, establece que la subrogancia recaerá en el personal que reviste en calidad de permanente y goce de estabilidad, por alguna de las causas que allí establece y siempre que el período a cubrir sea superior a TREINTA (30) días corridos; y en el inciso a) refiere al supuesto en que el cargo se halle vacante. Asimismo, el artículo 112 del referido Convenio, prevé que el reemplazante deberá cumplir con los requisitos exigidos para la situación escalafonaria correspondiente al cargo subrogado y reunir la especialidad profesional requerida por el mismo en caso que corresponda, y que cuando resultase impostergable la cobertura transitoria de un cargo, podrá solicitarse al órgano rector en materia de Empleo Público autorización para proceder con la asignación de funciones transitorias por excepción al cumplimiento de las exigencias previstas.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder a la asignación de la función Director General de Recursos Humanos del ex MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, actual SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, al licenciado Ángel Antonio TAGLIALATELA (CUIL Nº 23-23477180-9 ) quien revista en un cargo perteneciente a la Planta Permanente del Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos del MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, Nivel A, Grado 12, Tramo Avanzado del Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.).

Que la asignación de funciones se otorga con autorización excepcional por no reunir el licenciado TAGLIALATELA los requisitos establecidos en el artículo 112 del Convenio Colectivo Sectorial del SINEP homologado por Decreto N° 2098/08.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que se solicitó oportunamente la intervención de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, continuadora de las competencias en materia de empleo de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, de conformidad con las previsiones del artículo 3º del Decreto N° 355/17.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE CULTURA ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 3° del Decreto N° 355/17 y sus modificatorios.

Por ello,

LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dar por asignadas transitoriamente, a partir del día 13 de enero de 2024, las funciones de Director General de Recursos Humanos del ex MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, actual SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I, al licenciado Ángel Antonio TAGLIALATELA (CUIL Nº 23-23477180-9), agente de la Planta Permanente, Nivel A, Grado 12, Tramo Avanzado del Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098/08 y de lo prescripto por el Artículo 15, inciso a) del Anexo I al Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, con autorización excepcional por no reunir el licenciado TAGLIALATELA los requisitos establecidos en el artículo 112 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la asignación transitoria de funciones dispuesta en el artículo precedente en el cargo allí mencionado se extenderá hasta que concluya la reestructuración de las áreas afectadas, no pudiendo superar el plazo de tres (3) años, conforme lo dispuesto en los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se imputará a las partidas específicas del presupuesto de este Ministerio.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

Sandra Pettovello

e. 31/01/2024 N° 3768/24 v. 31/01/2024

Fecha de publicación 31/01/2024