Edición del
6 de Diciembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”

Disposición 79/2024

DI-2024-79-APN-ANLIS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 25/01/2024

VISTO el Expediente EX-2023-115217052- -APN-DACMYSG#ANLIS, la Ley N° 27.680, su reglamentación aprobada por Decreto N° 386 del 24 de julio de 2023, las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD N° y 2291 del 30 de septiembre de 2023, 2518 del 03 de octubre de 2023 y 2653 del 04 de octubre de 2023; y la Disposición de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” N° 1313 de fecha 3 de octubre de 2023, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.680 tuvo por objeto establecer los mecanismos necesarios para promover la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos en el territorio nacional declarando de interés nacional las actividades a desarrollar con ese propósito tutelar.

Que, a su vez, la reglamentación de la citada norma legal definió como Autoridad de Aplicación al MINISTERIO DE SALUD, el que –en el carácter indicado- por medio de su Resolución 2291/2023 aprobó las líneas estratégicas y acciones específicas del “Plan Nacional de Acción para la Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos y las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud 2022-2025”.

Que, por la Resolución N° 2518/2023 de la citada Cartera de Estado se aprobó el modelo del CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN DE LAS JURISDICCIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY N° 27.680 – LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA RESISTENCIA A LOS ANTIMICROBIANOS, que anejado como Anexo del citado acto administrativo, asigna al Titular de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL ANLIS, representación del MINISTERIO DE SALUD, la rúbrica de los Convenios Específicos y/o Actas Complementarias que se concierten con las distintas jurisdicciones.

Que, con ese cometido, este organismo aprobó por conducto de su Disposición N° 1313/2023 el modelo de CONVENIO ESPECÍFICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y CONTROL DE INFECCIONES HOSPITALARIAS (VIHDA).

Que el Programa citado en el considerando precedente –que tiene su sede operativa en el INSTITUTO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA “DR. JUAN H. JARA” integrante de este organismo descentralizado-, brinda servicios a los establecimientos de salud y promueve el trabajo intrahospitalario, con el objeto de disminuir la morbimortalidad por Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud (IACS) y mejorar la calidad de la atención médica.

Que el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN dictó la Resolución 2653/2023 que crea el “PLAN ARGENTINO INTEGRADO DE SERVICIOS DE SALUD” (en adelante PAISS), con el fin de contribuir al desarrollo de un modelo de salud integrado, equitativo y sustentable, que garantice el acceso efectivo de la población a la atención de salud integral y de calidad.

Que asimismo mediante dicha resolución se aprobó un modelo de CONVENIO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA NACIONAL INTEGRADO DE SERVICIOS DE SALUD (PAISS) y al FONDO NACIONAL DE EQUIDAD EN SALUD (FONES), por el cual las máximas autoridades en materia de salud de la jurisdicción nacional, de las jurisdicciones provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES acuerdan la implementación conjunta del PLAN ARGENTINO INTEGRADO DE SERVICIOS DE SALUD.

Que el objetivo de la resolución 2653/23 es establecer un mecanismo de articulación para las Provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que mejore el funcionamiento coordinado del Sistema de Salud, de conformidad con las políticas impulsada por el Gobierno Nacional y lo establecido en la Resolución, entre ellos el PROGRAMA DE RESISTENCIA ANTIMICROBIANA.

Que mediante NO-2024-02948818-APN-INE#ANLIS, el INSTITUTO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA “DR. JUAN H. JARA” solicita la modificación del modelo de Convenio Específico aprobado mediante Disposición 1313/2023 de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” en lo que respecta a la mención del Convenio Marco de Adhesión (Resolución MS 2518/2023), toda vez que el programa RAM fue integrado al CONVENIO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA NACIONAL INTEGRADO DE SERVICIOS DE SALUD (PAISS). El INE señala que “...el Articulo 11, inciso b: “La adhesión al PAISS mediante la suscripción del convenio pertinente implica el reemplazo de los instrumentos correspondientes a los Programas referidos en la primera parte de este artículo, suscriptos entre las partes con anterioridad, quedando pendientes las obligaciones asumidas en el marco de dichos convenios y que aún no se hubieran cumplido.”

Que en virtud de lo expuesto resulta necesario proceder al dictado de la presente medida con el fin de modificar el MODELO DE CONVENIO ESPECÍFICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y CONTROL DE INFECCIONES HOSPITALARIAS (VIHDA) en función de las consideraciones expuestas.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico ha tomado en autos la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 336 de fecha 4 de abril de 2020.

Por ello,

EL TITULAR DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”

DISPONE

ARTÍCULO 1°. Apruébase el modelo de CONVENIO ESPECÍFICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y CONTROL DE INFECCIONES HOSPITALARIAS (VIHDA), de conformidad con el Anexo (IF-2024-06349277-APN-ANLIS#MS) que forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2°. - Hágase saber, a sus fines y efectos, a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN CONTABLE, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES.

ARTÍCULO 3°. - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Pascual Fidelio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/02/2024 N° 5585/24 v. 09/02/2024

Fecha de publicación 09/02/2024