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9 de Diciembre de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 1494/2024

DI-2024-1494-APN-ANMAT#MS

Ciudad de Buenos Aires, 09/02/2024

VISTO el Expediente N° EX-2022-135611561-APN-DRRHH#ANMAT, las Leyes Nros. 27.701 y 24.156, los Decretos Nros. 1133 del 25 de agosto de 2009, 1035 del 8 de noviembre de 2018 y sus modificatorios, 426 del 21 de julio de 2022, 77 del 22 de diciembre de 2023 y 88 del 26 de diciembre de 2023, las Decisiones Administrativas Nros. DA-761-APN-JGM del 6 de septiembre de 2019 y DA-2022-122-APN-JGM del 3 de febrero del 2022 y la Disposición N° DI-2023-8107-APN-ANMAT#MS del 27 de septiembre de 2023 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/2023 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.701 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 regirán a partir del 1° de enero de 2024, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por la Decisión Administrativa N° 761/19 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Decisión Administrativa N° DA-2022-122-APN-JGM se efectuó la designación, con carácter transitorio, en el cargo de Directora de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), del magíster Silvia Liliana BONI DE FRANCO (D.N.I. N° 13.432.829), prorrogada por la Disposición DI-2023-8107-APN-ANMAT#MS.

Que a través del Decreto N° 1035/2018 se autorizó a las autoridades máximas de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, por lo que procede la prórroga de la designación transitoria del magíster Silvia Liliana BONI DE FRANCO (D.N.I. N° 13.432.829) en el cargo de Directora de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos Para la Salud de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo.

Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario.

Que la Dirección de Recursos Humanos, la Dirección General de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el Decreto N° 1490/92 y sus modificatorios y el Decreto Nº 1035/18 y sus modificatorios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada desde el 28 de julio de 2023 y hasta el 31 de enero de 2024, la designación transitoria de la magíster Silvia Liliana BONI DE FRANCO (D.N.I. N° 13.432.829), en el cargo de Directora de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, Categoría Profesional Superior, Grado Inicial, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 1133/09, en las mismas condiciones que la designación efectuada por la Decisión Administrativa N° DA-2022-122-APN-JGM y su prórroga por la Disposición N° DI-2023-8107-APN-ANMAT#MS.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente Ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD - ENTIDAD 904 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA – ANMAT -.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días de dictada la presente medida, de acuerdo a lo previsto por el artículo 3° del Decreto N° 1035/2018.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Nelida Agustina Bisio

e. 16/02/2024 N° 6622/24 v. 16/02/2024

Fecha de publicación 16/02/2024