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9 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 14/2024

RESOL-2024-14-APN-SAGYP#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 14/02/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-15668670- -APN-DGDAGYP#MEC de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANDERIA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº RESOL-2023-457-APN-SAGYP#MEC de fecha 30 de noviembre de 2023 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aceptó la renuncia a partir del 10 de diciembre de 2023, del Licenciado en Zoología Don Oscar Horacio PADÍN (M.I. Nº 10.077.705), entre otros, al cargo de Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que mediante el Decreto Nº 1.063 de fecha 17 de agosto de 2004 y su modificatorio, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado Instituto Nacional, estableciendo asimismo sus Objetivos y Responsabilidad Primaria.

Que mediante el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que compete a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, entre otras la facultad de “(…) 10. Ejercer el control tutelar (…) del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) (…) 11.Entender en la supervisión de los programas, proyectos y actividades (…) del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP)…”.

Que existen diversas actividades imprescindibles y centrales que hacen a la colección de información científica de carácter pesquero para sustentar el asesoramiento a la Autoridad de Aplicación, en particular las campañas de investigación pesquero-oceanográficas planificadas anualmente y dirigidas a la evaluación de la abundancia y el conocimiento de la dinámica de las poblaciones de los principales recursos pesqueros.

Que asimismo, merecen similar atención tanto la información proveniente de la operatividad de la flota pesquera argentina, obtenida por los Asistentes de Información Pesquera (ex - observadores a bordo) embarcados en los mencionados buques, como así también aquella que da cuenta de la estructura poblacional de la captura desembarcada recolectada a partir de los muestreos realizados en los distintos puertos del litoral marítimo argentino.

Que los tópicos previamente mencionados requieren de urgente atención por parte de las Autoridades del precitado Instituto Nacional.

Que atento la renuncia del Director del aludido Instituto Nacional, resulta necesario para el normal desenvolvimiento de las tareas propias del referido organismo, tal como se viene señalando, encomendar al titular de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de MINISTERIO DE ECONOMÍA, el despacho de todos los asuntos relativos al cumplimiento de los objetivos establecidos en el mencionado Decreto Nº 1.063/04.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Encomiéndase la firma del despacho y la resolución de los asuntos del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INDEP), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al titular de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA GANADERÍA Y PESCA del MINISTERO DE ECONOMÍA, Médico Veterinario Don Juan Antonio LÓPEZ CAZORLA (M.I. Nº 13.486.195), hasta tanto se proceda a la designación del próximo Director del citado organismo.

ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Fernando Vilella

e. 20/02/2024 N° 7132/24 v. 20/02/2024

Fecha de publicación 20/02/2024