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24 de Octubre de 2023

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

Resolución 14/2024

RESFC-2024-14-APN-CD#INTI

Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2024

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-11152420-APN-DA#INTI, el Decreto-Ley Nº 17.138 de fecha 27 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, la Ley N° 27.275, el Decreto N° 206 de fecha 27 de marzo de 2017, las Resoluciones de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Nros. 48 de fecha 26 de julio de 2018 y 268 de fecha 30 de diciembre de 2019, las Resoluciones del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Nros. 74 de fecha 30 de septiembre de 2021, 68 de fecha 28 de mayo de 2022 y 16 de fecha 16 de febrero de 2023, la Disposición de Presidencia Nº 5 de fecha 2 de enero de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), como organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

Que por la Ley N° 27.275, se estableció el Régimen de Acceso a la Información Pública aplicable a todos los poderes que integran el Estado Nacional.

Que por el Decreto N° 206/17, se reglamentó la Ley precitada, profundizándose en el establecimiento y la definición de las principales líneas de acción en lo referente a la tramitación y resolución de las solicitudes que sean recibidas por parte del Estado Nacional en todos sus niveles.

Que por la Resolución de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 48/18, se aprobaron los criterios ordenadores de buenas prácticas en materia de tramitación de solicitudes de información pública a los fines de dotar de mayor previsibilidad a la ciudadanía respecto de cómo actuará la Administración.

Que por la Resolución de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 268/19, se fijaron los criterios generales que todo sujeto obligado debe cumplir a los efectos de llevar adelante el rechazo a una solicitud de información pública en la aplicación de las excepciones receptadas en el artículo 8° de la Ley N° 27.275.

Que por la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL N° 74/21, se aprobó el Programa Integral de Transparencia, el cual prevé entre sus objetivos la estandarización del proceso de respuesta a las solicitudes de información pública que le sean requeridas a este Instituto.

Que por la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL N° 68/22, se aprobó el Código de Ética y Conductas institucional, en el cual se reconoce como principio institucional a la democracia y participación, resultando las políticas de acceso a la información una herramienta fundamental en su concreción; como valor de gestión a la transparencia; y como deberes de conducta, al buen uso de la información y al respeto de la confidencialidad.

Que conforme a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 7° de la Ley N° 27.275 y su modificatoria, son sujetos obligados a brindar información pública la Administración Pública Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las instituciones de seguridad social.

Que asimismo, conforme a lo establecido por el artículo 30 de la ley citada en el párrafo anterior, cada uno de los sujetos obligados deberá nombrar a un Responsable de Acceso a la Información Pública que deberá tramitar las solicitudes de acceso a la información pública dentro de su jurisdicción.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) es sujeto obligado a brindar información pública, de acuerdo con lo prescripto por la Ley N° 27.275, en su artículo 7° inciso a).

Que a través del artículo 3º de la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Nº 16/23, se designó al agente Luca Gastón DEL VALLE (D.N.I. Nº 39.165.699 - Legajo N° 37.055), como responsable de Acceso a la Información Pública, en los términos del artículo 30 de la Ley N° 27.275.

Que a través de la Disposición de Presidencia N° 5/24, se le otorgó al agente Luca Gastón DEL VALLE (D.N.I. N° 39.165.699 - Legajo N° 37.055), una licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, para desempeñarse en el cargo de Director General de Coordinación Legislativa del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LANÚS, a partir del 10 de diciembre de 2023 y por el tiempo que permaneciera en dicho cargo.

Que mediante la PV-2024-15747894-APN-GOAL#INTI obrante en el orden número 12 de las actuaciones citadas en el VISTO, la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES elevó a la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA la imperiosa necesidad de designar a un nuevo Responsable de Acceso a la Información Pública de este Instituto, atento la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía otorgada al agente Luca Gastón DEL VALLE (D.N.I. Nº 39.165.699 - Legajo N° 37.055), mediante la Disposición de Presidencia N° 5/24.

Que el agente Claudio Alejandro PASTORE (DNI N° 22.200.636 - Legajo N° 36.488), cuenta con las condiciones de idoneidad necesarias para ser designado en tal función.

Que la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, mediante el IF-2024-16077554-APN-DA#INTI obrante en el orden número 15, y la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS, mediante el IF-2024-16204744-APN-GORRHH#INTI obrante en el orden número 17, señalaron que no tienen objeciones que formular respecto de la medida propiciada.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 30 de la Ley N° 27.275 y su modificatoria, y el inciso g) del artículo 4° del Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467.

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjese sin efecto, a partir del 10 de diciembre de 2023, la designación del agente Luca Gastón DEL VALLE (D.N.I. Nº 39.165.699 - Legajo N° 37.055), como responsable de Acceso a la Información Pública, establecida mediante el artículo 3° de la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Nº 16/23.

ARTÍCULO 2°.- Dese por designado, a partir del 10 de diciembre de 2023, al agente Claudio Alejandro PASTORE (D.N.I. N° 22.200.636 - Legajo N° 36.488), como Responsable de Acceso a la Información Pública, en los términos del artículo 30 de la Ley N° 27.275.

ARTÍCULO 3°.- Déjese sin efecto la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 7/2024.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese la presente al agente Claudio Alejandro PASTORE (D.N.I. N° 22.200.636 - Legajo N° 36.488), a través del Departamento de Administración de Personal de la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS.

ARTÍCULO 5°.- Póngase la presente medida en conocimiento de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese

Jorge Ernesto Schneebeli - Gustavo Luis Rodriguez - Daniel Afione

e. 15/03/2024 N° 13685/24 v. 15/03/2024

Fecha de publicación 15/03/2024