CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL
Resolución 19/2024
Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2024
Visto:
El Reglamento Interno vigente aprobado por Resolución Nº 68 del Consejo Directivo en su sesión del 29 de octubre de 2020 y Modificado por Resolución N° 57 del Consejo Directivo en su sesión del 28 de octubre de 2021 y,
Considerando:
I – Que la experiencia lograda producto de la última elección de Consejeros Universitarios, Técnicos titulares y suplentes celebrada de manera electrónica, recomienda modificar en forma parcial la normativa citada en el Visto, adaptando su desarrollo a las necesidades actuales de la Institución.
II – Que en ese sentido resulta conveniente publicar un texto ordenado nuevo y unificado con la totalidad de los cambios receptados.
III – Que resulta oportuno publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, además de otorgarle publicidad a través del Newsletter semanal “Noticias del CPIC”, la página web de esta Institución y la notificación a la Junta Central de Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingenierías, atento que se efectúa un ordenamiento de disposiciones diversas.
IV – Que el Consejo Directivo de este Consejo Profesional de Ingeniería Civil se haya facultado para dictar la presente en virtud de lo establecido en el Artículo 16, inciso 11° del Decreto Ley N° 6070/58 – Ley N° 14.467.
Por ello,
El Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ingeniería Civil
Resuelve:
Artículo 1°) Aprobar el texto ordenado del Reglamento Interno de este Consejo Profesional de Ingeniería Civil que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º) Derogar toda norma anterior que se oponga a la presente.
Artículo 3°) Publicar en los Boletín Oficial de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Newsletter semanal “Noticias del CPIC” y en la página web de este Consejo Profesional.
Artículo 4°) La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Nación.
Artículo 5º) Comunicar a la Junta Central de Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingenierías, registrar y oportunamente archivar.
Luis E. J. Perri - Ignacio L. Vilaseca
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/03/2024 N° 14179/24 v. 20/03/2024
Fecha de publicación 20/03/2024