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15 de Enero de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA POSADAS

Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía (art. 1005) deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, (art. 1001), bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia de el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente.

Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción al art. 977, a que en el perentorio plazo de diez (10) días, previo deposito en autos del monto de la multa mínima pretendida, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia lo pondrá a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985, 986, 987 y otros de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación.

SC46-IMPUTADODOC. IDENTIDADMULTA($)INFRACCIÓN
76-2024/KRUIZ DIAZ FIGUEREDO ETELVINAC.I N.º 6.089.946471.258,70977
75-2024/1RUIZ DIAZ FIGUEREDO ETELVINAC.I N.º 6.089.946287.270,75977
81-2024/8OTAZU MONTERO EDUARDOC.I N.º 5.994.706629.343,00977
80-2024/KOTAZU MONTERO EDUARDOC.I N.º 5.994.706106.931,25977
79-2024/4OTAZU MONTERO EDUARDOC.I N.º 5.994.706256.990,00977
78-2024/6OTAZU MONTERO EDUARDOC.I N.º 5.994.706280.040,00977
77-2024/8OTAZU MONTERO EDUARDOC.I N.º 5.994.70618.055,00977
84-2024/1GONZALEZ SANABRIA ESTEBANC.I N.º 5.617.979149.578,40977
83-2024/3GONZALEZ SANABRIA ESTEBANC.I N.º 5.617.979431.278977
82-2024/5GONZALEZ SANABRIA ESTEBANC.I N.º 5.617.979388.359,40977
86-2024/8VALENZUELA BENITEZ CRISTIAN RAMONC.I N.º 5.051.226452.951,40977
85-2024/KVALENZUELA BENITEZ CRISTIANC.I N.º 5.051.226440.064,00977
74-2024/3VALENZUELA BENITEZ CRISTIANC.I N.º 5.051.226118.983,00977
73-2024/5VALENZUELA BENITEZ CRISTIANC.I N.º 5.051.226204.779,25977
72-2024/8SANABRIA CORONEL CAMILA BELENC.I N°7.587.641901.185,00977
70-2024/1STEFFEN GONZALEZ CAROLINAC.I N°4.341.318599.044,41977
69-2024/6STEFFEN GONZALEZ CAROLINAC.I N°4.341.318265.962,00977

Ricardo Daniel Koza, Administrador de Aduana.

e. 22/03/2024 N° 15177/24 v. 22/03/2024

Fecha de publicación 22/03/2024