ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 74/2024
RESOL-2024-74-APN-ENACOM#JGM FECHA 20/3/2024
EX-2022-106044818-APN-DNSA#ENACOM
LA INTERVENCIÓN DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, ha resuelto: 1.- Aprobar los actos de concurso público simplificado convocado para la provincia de SALTA, a través de la RESOL-2022-1317-APN-ENACOM#JGM, conforme el cronograma establecido. 2 .- Adjudicar al señor Carlos Marcelo ABRAHAM, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 254, frecuencia 98.7 MHz., categoría E, para la localidad de TARTAGAL, provincia de SALTA. 3 .- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario. 4 .- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, el adjudicatario deberá cumplimentar con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las transmisiones regulares. La señal distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del servicio. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma, de la inspección técnica de las instalaciones. La inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de la presentación de un “Certificado Simplificado de Inspección Técnica”. 5 .- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, el licenciatario, deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 6 .- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7 .- Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, el licenciatario, deberá regularizar su situación ante la AFIP. 8 .- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9 .- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martin Ozores, Interventor, ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
NOTA: La version completa de esta Resolucion podra obtenerse en la pagina WEB del ENACOM:www. enacom.gob.ar/ normativas.
Maria Florencia Torres Brizuela, Analista, Área Despacho.
e. 25/03/2024 N° 16091/24 v. 25/03/2024
Fecha de publicación 25/03/2024