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28 de Mayo de 1986

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 77/2024

RESOL-2024-77-APN-ENACOM#JGM FECHA 20/3/2024

EX-2022-100772020-APN-DNSA#ENACOM

LA INTERVENCIÓN DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, ha resuelto: 1 - Aprobar los actos de concurso público simplificado convocado para la provincia de MISIONES, a través de la RESOL-2022-1317-APN-ENACOM#JGM, conforme el cronograma establecido 2 - Adjudicar a la ASOCIACIÓN CIVIL COMISIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN JAVIER , una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 258, frecuencia 99.5 MHz., categoría E, para la localidad de SAN JAVIER, provincia de MISIONES. 3 - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 4 - Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá cumplimentar con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las transmisiones regulares,para lo cual resulta de aplicación el Instructivo que forma parte integrante de la RESOL-2022-1012-APN-ENACOM#JGM. La señal distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del servicio. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma, de la inspección técnica de las instalaciones. La inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de la presentación de un Certificado Simplificado de Inspección Técnica. 5 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 6 - Dentro de los 90 días corridos, la licenciataria deberá adecuar su objeto social, de manera de contemplar la prestación de servicios de comunicación audiovisual, acreditando tal extremo, con la presentación de la constancia de inscripción en el registro pertinente. 7 - La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 8 - El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9 - Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martin Ozores, Interventor, ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

NOTA: La version completa de esta Resolucion podra obtenerse en la pagina WEB del ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Maria Florencia Torres Brizuela, Analista, Área Despacho.

e. 26/03/2024 N° 16218/24 v. 26/03/2024

Fecha de publicación 26/03/2024